Clara Szczaranski asume defensa de ministro Larroulet en el caso de los correos electrónicos
La decisión de la abogada de representar al secretario de Estado ante el TC, no sólo contraviene una decisión adoptada por el CDE -donde ella es consejera- sino que además podría acarrear otras consecuencias.
Luego de que el Consejo para la Transparencia (CPLT) ordenara al ministro secretario general de la Presidencia, Cristián Larroulet, revelar sus correos electrónicos, la abogada Clara Szczaranski asumió el patrocinio y representación del secretario de Estado ante el Tribunal Constitucional (TC).
Szczaranski, quien es miembro del Consejo del Defensa del Estado (CDE), actuará en el caso como abogada privada. Se producirá una situación calificada por miembros del CDE como una “entelequia jurídica”, ya que percibirá sus honorarios como abogada y además su sueldo como funcionaria pública, y ambos recursos provendrán de las arcas fiscales, consigna The Clinic Online.
Esto abre un debate, puesto que el organismo había acordado no patrocinar al gobierno ante el TC, en una sesión realizada el 10 de julio pasado a la que Szczaranski no asistió.
Entre los argumentos presentados en dicha ocasión, se mencionó el caso del subsecretario del Interior, Rodrigo Ubilla, a quien el CPLT también ordenó hacer llegar sus e-mails.Ubilla fue patrocinado por la constitucionalista Ángela Vivanco, quien se desempeña como asesora legislativa en la Segpres, según información del portal de transparencia. Vivanco hizo prevalecer la tesis de que tales comunicaciones eran privadas y secretas ante el TC.
Para los colegas de Szczaranski, la lógica indica que el acuerdo de la mayoría en el CDE, tomado en la sesión del 10 de julio, debiera ser “razón suficiente para que se inhabilite de asumir la defensa de Larroulet“.
Además, podría suceder que cada vez que el CDE tome una resolución que afecte a funcionarios del gobierno, y ésta se discuta en el ampliado del organismo, la abogada tendría que inhabilitarse en cada una de estas ocasiones, ya que tuvo como “cliente” al Estado.
Se aclara, sin embargo, que las mismas normas del CDE dan la posibilidad de que los consejeros ejerzan particularmente la profesión de abogado, siempre y cuando no actúen en contra del fisco.