Defensor regional metropolitano: "Pitronello fue condenado conforme a la ley, no al sentir popular"
"Hay que tener cuidado en creer que toda conducta que de la perspectiva de la opinión generalizada sea considerada terrorista, tenga que ser legalmente terrorista", dice el abogado Leonardo Moreno.
Tras la decisión del Cuarto Tribunal Oral en lo Penal, de no calificar como acto terrorista la colocación de artefacto explosivo por la que fue juzgado el joven anarquista Luciano Pitronello, el Defensor Regional Metropolitano Norte, Leonardo Moreno, afirmó que el dictamen judicial se ajusta al principio de legalidad.
“No es necesariamente terrorista poner una bomba” sostuvo el letrado en conversación con el programa Tolerancia Cero, de Chilevisión.
Moreno sostuvo a manera de ejemplo que “yo podría tener un negocio y un vecino otro distinto y le pongo una bomba para destruirlo, eso no es un acto terrorista”.
A juicio del abogado, “no se puede pretender que Pitronello sea condenado por la ley antiterrorista porque la comunidad considere que su conducta es terrorista, un tribunal está apegado al principio de legalidad, tiene que fallar conforme a los tipos penales que existen en la ley”.
“La ley chilena sanciona las conductas más graves, hay que tener cuidado en creer que toda conducta que de la perspectiva de la opinión generalizada sea considerada terrorista, tenga que ser legalmente terrorista”, agregó.
Moreno puntualizó que “el acto que comete Pitronello es reprobable penalmente y fue sancionado como tal. El Ministerio Público quería que fuera juzgado por una ley especial, la antiterrorista, y esa ley especial se refiere a delitos comunes que en el caso de tener ciertas particularidades se pueden encuadrar en esta ley”.
Estas particularidades apuntadas por el defensor serían tres. Por un lado, la finalidad de afectar a un grupo de personas. Por otro, que tenga como objetivo causar temor. Finalmente, arrancar decisiones de la autoridad, consigna Emol.
El ministerio público habría tratado de esgrimir las dos primeras en el juicio. “El tribunal concluyó que a esta conducta le faltan estos dos elementos que permiten calificarla de terrorista y por eso la termina sancionando por la ley de control de armas y por el delito de daños que causa en la sucursal bancaria”, expresó el abogado.