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7 de Septiembre de 2012

Corte Suprema condena a SalcoBrand y Cruz Verde a pagar multa por US$ 20 millones por colusión

La justicia igualmente entregó antecedentes a la FNE para que ésta siga investigando la participación de los laboratorios y distribuidores en el bullado caso de alza de precios a 206 medicamentos. La arista penal del caso se definirá en octubre.

Por Redacción
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Ratificando el fallo del Tribunal de la Libre Competencia (TDLC), la la tercera sala  de la Corte Suprema de Santiago rechazó la apelación de las farmacias Salcobrand y Cruz Verde, condenando a ambas cadenas a pagar una multa de US$ 20 millones a respectivamente, más las costas del caso.

El fallo, dado por 5 votos a favor y 0 en contra, confirma la acusación de la Fiscalía Nacional Económica (FNE)  que el pasado 31 de enero había determinado que ambas firmas eran responsables de haberse coludido para subir los precios de 206 medicamentos, en el periodo comprendido entre diciembre de 2007 y marzo de 2008.

La Sala estuvo integrada por los Ministros, Sergio Muñoz, Carlos Künsemüller, Guillermo Silva, Rosa Egnem. y el Ministro Suplente Juan Escobar.

En la resolución, ese apunta que el ministro Muñoz, “estuvo por disponer que, sin perjuicio de lo resuelto, ejecutoriada que se encuentre la presente sentencia, los antecedentes sean remitidos a la Fiscalía Nacional Económica con el objeto que se concluyan las pesquisas investigando íntegramente los hechos y, en su oportunidad, se decida lo pertinente en relación con la participación de los laboratorios y distribuidores, disponiendo, si procediere, las medidas correctivas o prohibitivas pertinentes medidas correctivas o prohibitivas”, consigna el DF.

El rol de los laboratorios y distribuidores

“El mercado farmacéutico nacional tiene un desarrollo que está relacionado casi exclusivamente con la producción y venta, sin desconocer que también se presenta la distribución, pero asociada principalmente a los laboratorios. En la producción se ha señalado que concurren aproximadamente 70 laboratorios; en la distribución se han clasificado: Distribuidores/representantes de laboratorios; Distribuidores cerrados; Distribuidores abiertos, y Distribuidores Mixtos”, agrega el texto.

Los ejecutivos que representan o actúan por los laboratorios y distribuidores que expresaron precios sugeridos a los ejecutivos de las cadenas de farmacias requeridas, han tenido una contribución en los hechos que es necesario investigar y determinar exactamente, con mayor razón dadas las características de este mercado y que han quedado expuestas con anterioridad”.

Igualmente se indica que de los antecedentes de la causa se deprende que existen conductas preliminarmente pesquisadas, “respecto de las cuales, no se profundizó en su investigación, como es la participación de los laboratorios y distribuidoras en la conducta sancionada, la cual en una evaluación provisional aparece que pudo facilitar que se concretara el actuar colusivo horizontal que se ha sancionado, en los términos que ya expresara la Comisión Resolutiva en su Resolución 56, en que sentenció: “Toda sugerencia o recomendación de precios de venta al público formulada por el productor al comerciante revendedor, constituye, en general, una práctica comercial que atenta en contra de la libre competencia, amparada por el D. L. 211, de 1973, siendo de presumir que la intención de quien la formula es que sea atendida o acatada por los sujetos a quienes va dirigida, lo que importa un propósito de unificar precios de terceros”.

En el fallo se indica que ejecutivos de laboratorios y distribuidoras reconocieron que han señalado a los representantes de las cadenas de farmacias requeridas, en su caso, precio mínimo o máximo sugerido, “circunstancia que busca precisamente igualar el precio de venta al público, circunstancias que, en concepto de quien previene, constituye motivo suficiente para adoptar una determinación sobre el particular, como se ha hecho con anterioridad, precisando si ha existido colusión vertical”.

Sin embargo, con esta resolución el caso no se cierra. Aún queda pendiente definir la arista penal en el mes de octubre, cuando se realizará el juicio a los 10 imputados por la Fiscalía, para quienes se piden condenas de 5 años de cárcel.

Cabe recordar que la cadena Farmacias Ahumada quedó exenta del pago de las multas debido a que que marzo de 2009 llegó a una acuerdo con la Fiscalía Nacional Económica que la exculpó del juicio tras el pago de US$1 millón.

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