Caso Niemeyer: Tribunal mantiene prisión preventiva pero desestima carácter terrorista de delitos
De acuerdo a la jueza Figueroa, debido a la hora y al lugar donde ocurrieron las detonaciones, no es posible determinar que el acto tenía por objetivo causar temor a la población, donde sólo tenían por efecto afectar a la propiedad del banco y la obra de arte.
El Décimo Tercer Juzgado de Garantía de Santiago mantuvo la prisión preventiva mientras se desarrolle el juicio oral en su contra al sociólogo Hans Niemeyer Salinas (39), acusado de la fabricación y colocación de tres artefactos explosivos entre 2010 y 2011 en distintos puntos de la capital.
La jueza Marcela Figueroa eso sí descartó que los hechos imputados contra el profesional tengan el carácter de delitos terroristas, pues estimó que la bomba instalada por Niemeyer en una sucursal del banco BCI sólo tenía por efecto afectar a la propiedad de la institución y que el artefacto que explotó en el Memorial al fallecido fundador de la UDI y ex senador, Jaime Guzmán, no dañó a nadie.
De acuerdo a la jueza Figueroa, debido a la hora y al lugar donde ocurrieron las detonaciones, no es posible determinar que el acto tenía por objetivo causar temor a la población, donde sólo tenían por efecto afectar a la propiedad del banco y la obra de arte.
El fiscal regional metropolitano Sur, Raúl Guzmán, dijo que el tribunal “sólo manifestó una opinión” respecto a la calificación jurídica del hecho, “pero, sin embargo, también sostuvo que la Corte (de Apelaciones) había señalado que se encuentra configurado el delito y por tal motivo fue que revocó en dos oportunidades la resolución que había concedido la libertad al imputado”.
En la misma línea, el persecutor se mostró confiado en que en el juicio oral “vamos a rendir la prueba para efectos de acreditar el delito y la participación del imputado”.
Guzmán también destacó que entre las pruebas excluidas por la magistrada “hay algunas importantes”, mencionando que analizará el auto de apertura para ver la vía por la cual se impugnarán. Sin embargo, de 64 documentos, se excluyen 35, de 79 testigos se excluyen 15, de 35 peritos se excluye uno, de modo tal que también las exclusiones fueron bastante menores cuantitativamente, añadió.
Para el abogado defensor Rodrigo Román, la resolución del tribunal confirma que su representado en ningún caso cometió delito terrorista, argumentando que ese tipo de actos no existen en el país.
La resolución del tribunal se adoptó al término de la audiencia de preparación de juicio contra el imputado, que comenzó el lunes y se extendió hasta este jueves.