Motel Marín 014 es el primer condenado por Ley Zamudio
El Tercer Juzgado Civil de Santiago condenó a la Sociedad Comercial Marín Limitada, dueña del motel Marín 014, por infringir la Ley Zamudio al discriminar a una pareja de lesbianas.
El Tercer Juzgado Civil de Santiago condenó a la Sociedad Comercial Marín Limitada, dueña del motel Marín 014, por infringir la Ley Zamudio al discriminar a una pareja de lesbianas que intentó ingresar al lugar el 27 de julio pasado.
Según consigna el diario La Segunda, la magistrada Soledad Araneda determinó en su sentencia que “la acción discriminatoria ejecutada por la sociedad demandada, reviste el carácter de arbitraria, pues no nos encontramos en presencia de una “distinción, exclusión o restricción” razonable, fundada en el derecho que le reconoce al efecto el artículo 19 Número 21 de la Constitución Política de la República, pues el permitir el acceso sólo a parejas heterosexuales no encuentra justificación alguna en relación al giro de la sociedad” dice el fallo.
Araneda agrega que: “pensar de tal modo importaría avalar constantes actos de discriminación, consistentes, por ejemplo, que en un restaurante o en una sala de cine, no se permitiera el ingreso de parejas homosexuales, lo que repugna al principio de igualdad ante la ley y la necesaria tolerancia y aceptación que deben existir entre los seres humanos” dice el texto.
El fallo también rechaza los dichos del dueño del motel, Héctor Mandujano, quien justificó el ingreso de la pareja argumentando que su presencia podría molestar a otros pasajeros. “(tal actitud) no es más que el reflejo de las conductas que se busca evitar y erradicar de nuestra sociedad con la dictación de la presente ley”, dice el fallo.