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24 de Diciembre de 2012

Ojo: Matthei advierte que el comercio debe estar cerrado a las 20 horas

La autoridad explicó que durante el período pre navideño, los trabajadores pueden cumplir hasta un máximo de dos horas extraordinarias de mutuo acuerdo con el empleador. Llamó a denunciar en el caso que se vulnere la norma, "Las multas serán muy altas"·, dijo

Por Redacción
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La ministra del Trabajo y Previsión Social, Evelyn Matthei, reiteró este lunes que el Comercio debe estar cerrado a las 20 horas, al tiempo que admitió que en los últimos años el grado de cumplimiento por parte de las empresas ha ido en aumento.

“Nosotros hemos estado fiscalizando y hemos visto que año a año el respeto por los horarios de salida de los trabajadores  es mucho mejor, pues recordemos que hoy a las 20 horas debe estar todo cerrado, las persona no deben estar en los lugares de trabajo, las luces deben estar apagadas, porque los trabajadores que venden también tienen familia, también tienen hijos, tienen que celebrar Navidad”, dijo según publica Emol.

En el marco de su participación en la misa de Navidad que ofreció monseñor Ricardo Ezzati a las internas de la cárcel femenina de San Joaquín, la autoridad explicó que durante el período pre navideño, los trabajadores pueden cumplir hasta un máximo de dos horas extraordinarias de mutuo acuerdo con el empleador.

Multas altas

Es por ello que llamó a denunciar en el caso que se vulnere la norma y recordó que “las multas van a ser muy altas”.

Y es que por exceder la jornada de trabajo de 45 horas semanales las multas van entre las 10, 40 ó 60 UTM; exceder el máximo de dos horas extras por día de 10, 40 ó 60 UTM; por extender la jornada ordinaria en más de dos horas diarias entre 5, 10 ó 20 UTM; extender la jornada ordinaria en un tiempo mayor a los 9 días dentro del período de 15 días antes del 25 de diciembre van entre 5, 10 ó 20 UTM; extender la jornada ordinaria más allá de las 23 horas 5, 10 ó 20 UTM.

La ministra del Trabajo subrayó que el 25 de diciembre y el 1 de enero son feriados irrenunciables para los trabajadores del comercio y las empresas se exponen a multas entre 5, 10 ó 20 UTM por no respetar la normativa. Los locales exceptuados son: cines, restaurantes, farmacias de turnos, bencineras, pubs y tiendas de conveniencia donde se elaboren alimentos que se consuman en el lugar.

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