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4 de Enero de 2013

A Longueira no le va a gustar: Declaran admisible otro recurso contra la Ley de Pesca

El recurso de inconstitucionalidad presentado por 50 diputados encabezados por los DC Fuad Chaín y Ricardo Rincón se suma al presentado por senadores de oposición y que también fue acogido por el Tribunal Constitucional. Con esto sigue paralizada la promulgación de la ley.

Por Redacción
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La Ley de Pesca sigue enredándose. Este viernes el Tribunal Constitucional (TC) ha declarado admisible el recurso de inconstitucionalidad presentado por 50 diputados de oposición, liderados por los parlamentarios DC Fuad Chahín y Ricardo Rincón.

Tras este paso adelante, el diputado Chahín indicó que “si bien estimamos que todo el proceso está viciado, pues se ha vulnerado el convenio 169 que obliga a Chile a consultar a las comunidades indígenas, hemos solicitado que a lo menos tres normas se declaren inconstitucionales. Éstas obviamente son parte esencial de la iniciativa, por lo que de aprobarse, este proyecto quedará en una compleja situación”, consigna Emol.

“Lamentamos que esto esté ocurriendo, pues durante la tramitación insistimos en la obligación de consultar a nuestros pueblos originarios, especialmente a aquellos que viven del mar, a las comunidades lafquenches entre otras. Ello simplemente no ocurrió y las excusas que entregó la autoridad sólo demuestran que hubo una violación a un convenio internacional, vulnerándose, además, principios básicos de nuestra Constitución, específicamente, el artículo 19″, subrayó.

A su turno, el jefe de Bancada DC, Ricardo Rincón, señaló que “junto con oponernos a esta ley en muchos aspectos, formulamos no sólo en Sala sino durante toda la tramitación, que la consulta a los pueblos originarios era clave y obligatoria y debía realizarse en forma oportuna, informada y de buena fe, tal como lo establece el convenio 169. Sin embargo, el Gobierno manifestó su tozudez, impulsando una ley que no sólo consagra los recursos de todos los chilenos para unos pocos, sino que, además, no protege realmente la sustentabilidad y afecta a las comunidades indígenas que viven del mar y que debieron haber sido debidamente consultadas”.

Hay que apuntar que las normas cuestionadas por los diputados tienen que ver con las cuotas de captura y los procesos de subasta.

En la práctica, el Convenio 169 garantiza derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana y que establece entre otros puntos la consulta obligatoria a los pueblos indígenas, comenzó a regir en Chile el año 2009 y según el artículo 5° de la Constitución, “es deber de los órganos del Estado, promover y respetar los derechos garantizados por la Constitución, así como los tratados internacionales ratificados por Chile y que encuentren vigentes”.

Cabe recordar que este recurso viene a sumarse a uno similar presentado por senadores de oposición y que también fue declarado admisible por el TC el pasado 21 de diciembre. 

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