[FOTOS+VIDEO] Acusación constitucional: Advierten de error en normas legales invocadas contra Beyer
Se trataría de artículos referidos a la labor del ministerio del Interior. El presidente del Senado, Jorge Pizarro (DC), restó importancia la situación: "Si es un error formal, no creo que tenga ninguna importancia".
Hoy, los senadores serán notificados oficialmente de la acusación constitucional que la Cámara de Diputados aprobó el jueves pasado en contra del ministro de Educación, Harald Beyer.
Sin embargo, existiría un error en la invocación de tres normas que sustentan la acusación contra el secretario de Estado, las que estarían vinculadas a las funciones propias del Ministerio del Interior, y no a las tareas del Mineduc, según lo publicado por El Mercurio.
El tema fue puesto de relieve por por el abogado DC Jorge Correa Sutil, ex miembro del Tribunal Constitucional, quien pese a confirmar el hecho no quiso ahondar en mayores antecedentes ni pronunciarse sobre los posibles efectos de esta situación en el futuro del libelo.
¿En qué consiste el error? En la página 91 del escrito presentado ante la Cámara Baja, se dice lo siguiente: “A la H. Cámara de Diputados solicitamos: declare ha lugar la presente acusación constitucional, para que luego el Senado la acoja y habiendo declarado la culpabilidad del señor Harald Beyer (…), lo destituya de su cargo (…) por dejar sin aplicación el artículo 3 letra b de la ley 20.502 y por haber infringido, abusando de sus facultades legales, los artículos 19 número 1 y 5 de la Constitución“.
¿Qué señalan dichas normas?
- La ley N° 20.502 crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Su art. 3 letra b define como una función de dicha cartera “velar por la mantención del orden público en el territorio nacional”.
- El artículo 19 de la Carta Fundamental, por su parte, contiene las llamadas garantías constitucionales. Concretamente, el numerando 1º se refiere a “el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”, mientras que el 5º habla de “la inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada. El hogar sólo puede allanarse y las comunicaciones y documentos privados interceptarse, abrirse o registrarse en los casos y formas determinados por la ley”.
Al respecto, la defensa del ministro Beyer sostuvo que estos antecedentes apuntan a la “desprolijidad” y a la “debilidad jurídico-constitucional de la acusación”, ya que ese petitorio sólo tiene sentido si el acusado fuese el ministro del Interior, tal como el que contiene el libelo presentado contra el ex titular de Interior, Rodrigo Hinzpeter, el 4 de abril de 2012.
Uno de los diputados que presentaron la acusación, el jefe de bancada DC, Ricardo Rincón, afirmó no manejar antecedentes sobre el particular, pero asegura que no es algo que pueda afectar la tramitación en el Senado.
“En un libelo de 90 o más páginas, eso podría ocurrir o haber ocurrido”, agregó Rincón, señalando que ese problema debió haber sido advertido por la defensa de Beyer, en la llamada “cuestión previa“, mecanismo al cual el secreterio de Estado renunció.
Además, subraya, la supuesta invocación errónea de las tres normas no fue alegada por la defensa ante la Cámara. “No tiene nada que hacer el señor ministro sobre el particular”, acotó el parlamentario DC.
Por su parte, el presidente del Senado, Jorge Pizarro (DC), restó importancia la situación. “Si es un error formal, será formal. Lo que nos interesa es un pronunciamiento de la Cámara que acusó al ministro, lo que viene contemplado en tres capítulos. Eso tendremos que resolverlo”.
“Si es formal, no creo que tenga ninguna importancia“, manifestó el senador.
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Este es un extracto del libelo presentado contra Harald Beyer:
Y éste, el escrito presentado en abril del 2012 contra el entonces ministro del Interior, Rodrigo Hinzpeter: