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16 de Abril de 2013

Comisión de Ética resolvió “en forma unánime” situación del diputado Pedro Velásquez

El presidente de la instancia, Patricio Vallespín, señaló que los alcances de la resolución sólo serán dados a conocer a las 16:00 horas, una vez que el parlamentario reciba la notificación oficial.

Por Redacción
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Tras cerca de una hora de debate, la Comisión de Ética de la Cámara de Diputados concluyó el análisis del caso presentado en contra del segundo vicepresidente de la Corporación, Pedro Velásquez, relativo a la deuda que el legislador mantiene vigente con el municipio de Coquimbo, y determinó por unanimidad un fallo que será entregado oficialmente al afectado dentro de las próximas horas.

“Queremos informar que ya tenemos una resolución unánime que resguarda todos los temas relacionados con probidad y transparencia de la Cámara de Diputados, sobre todo de la ética parlamentaria”, informó el presidente de la instancia, diputado Patricio Vallespín (DC).

El parlamentario indicó que los alcances de la resolución sólo serán dados a conocer a las 16:00 hrs., una vez que el diputado Velásquez reciba la notificación oficial. En todo caso, acotó, el legislador de la Región de Coquimbo podrá pedir reconsideración del fallo ante la Comisión, entregando nuevos antecedentes.

El diputado Vallespín reconoció que había muchas dudas y confusión sobre este tema, pero recalcó que la determinación se elaboró con los datos del caso allegados a la Comisión; los descargos del diputado Velásquez; y sobre la base de un análisis de toda la jurisprudencia relacionada, que permitió concluir que la instancia tiene “competencias significativas en esta materia”.

“Es una resolución clara, unánime, basada en las competencias de la Comisión y que marcará un hito en lo que tiene que ver con estas materias, para garantizar siempre la ética, la probidad y el cumplimiento del reglamento y del cumplimiento de la Ley del Congreso Nacional”, reiteró.

Finalmente, aclaró que varias resoluciones anteriores de la Comisión han tenido un carácter meramente administrativo y que, en este caso, el fallo va más allá de ese perfil, enmarcándose dentro de la interpretación profunda de la Ley del Congreso Nacional.

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