Pascua Lama: Barrick desestima competencia de la Corte para detener obras y valida a la SMA
Un recurso de reposición presentado por la empresa plantea que es la Superintendencia de Medio Ambiente quien “posee la facultad de paralizar o suspender la ejecución de un proyecto por eventuales incumplimiento de las resoluciones de calificación ambiental".
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) sería, según Barrick Gold, quien tiene la facultad exclusiva para suspender proyectos en cuanto al cumplimiento de normas, medidas y planes ambientales y no la Corte de Apelaciones de Copiapó, de acuerdo con un recurso de reposición que ingresó la empresa este martes en el mismo tribunal de alzada.
De acuerdo con la información difundida por el Diario Financiero, en el documento la minera plantea que es la Superintendencia de Medio Ambiente quien “posee la facultad de paralizar o suspender la ejecución de un proyecto por eventuales incumplimiento de las resoluciones de calificación ambiental” y que “conociendo los mismos hechos, no estimó necesario paralizar las obras y faenas de construcción” de Pascua Lama.
El documento argumenta, además, que la SMA ha analizado al menos en dos oportunidades la existencia de mérito para suspender o detener el funcionamiento de las obras de construcción y no lo ha estimado necesario, “teniendo a la vista los mismos antecedentes” (…) “además de diversos informes que han evacuado los demás órganos con competencia ambiental y sectorial pertinentes y no ha estimado necesario disponer la paralización”.
Finalmente la empresa concluye que “ las autoridades encargadas por mandato legal de fiscalizar el cumplimiento de la normativa ambiental se encuentran efectivamente ejerciendo las facultades y atribuciones que le son propias, por lo cual el recurso de protección de autos, y en particular la medida decretada (..) son absolutamente innecesarios”.
Además agrega que :“los trabajos de perforación, tronadura, prestripping y vaciado de material en botadero de estériles del proyecto Pascua Lama se encuentran paralizados por el Sernageomin, lo que hace innecesaria la paralización total señalada en la orden de no innovar”.