27F: Justicia absuelve a imputados por 8 muertes tras caída de edificio en Constitución
En segundo juicio, el tribunal de Talca optó por absolver a los ingenieros Óscar Alejandro Castro González y Ricardo Ambrosio Aránguiz Gallardo, quienes estaban acusados por cuasidelito de homicidio de habitantes de los blocks 765 y 775 del conjunto habitacional Cerro O’Higgins.
El Tribunal de Juicio Oral Penal de Talca absolvió a los ingenieros Óscar Alejandro Castro González y Ricardo Ambrosio Aránguiz Gallardo, en el juicio en que estaban acusados como autores de ocho cuasidelitos de homicidio, por el colapso de dos edificios en la comuna de Constitución, en el megasismo del 27/F.
En la madrugada del 27 de febrero de 2010, los blocks de departamentos 765 y 775, pertenecientes al conjunto habitacional Cerro O’Higgins de Constitución, colapsaron con el terremoto y quedaron prácticamente destruidos el primer piso de ambos inmuebles, consigna La Nación.
El desplome del edificio provocó la muerte inmediata de los residentes del departamento 102 del block 765, Iván Marcelo Bravo Meza, su esposa María Fernandina Valdés Valdés, y sus hijas Valentina Ignacia y Aurora Belén Bravo Valdés; y de los habitantes del departamento 101 del block 775, Pedro Juan Araya Valdés, su cónyuge Gloria del Carmen Crespo Jaque y sus hijas Carol Ivonne y Martina Javiera Araya Crespo.
Los jueces Wilfredo Urrutia Gaete, Cecilia Díaz Arrué y Gretchen Demandes Wolf, determinaron por unanimidad en su fallo que en el caso de Óscar Castro, ingeniero que formó parte de la comisión técnica del Serviu que recibió conforme las obras, no se le puede imputar el cuasidelito de homicidio porque no hubo imprudencia temeraria, omisión al cumplimiento de los reglamentos ni negligencia. Además, añaden, ni siquiera presidía la comisión.
Por otra parte, el tribunal estimó , por mayoría, que Ricardo Aránguiz, ingeniero y autor de los planos de estructura de los edificios, no es responsable de los delitos imputados, porque “si bien éste hizo entrega de un plano a la constructora Consanit Ltda. para ser utilizado en la licitación en comento, éste debía ser complementado o rectificado una vez que se contara con el estudio de mecánica de suelo”.
Es así como, por ende, “en concepto de estos jueces de mayoría, se trata de un plano preliminar o provisorio, sujeto a una modalidad aceptada en las normas por las que se rige la licitación. De otro lado, cabe considerar que el cumplimiento en la entrega de la mecánica de suelo, no le era exigible al señor Aránguiz, por cuanto ello era un deber de la empresa constructora”.
La magistrada Cecilia Díaz Arrué fue de la opinión de declarar culpable a Ricardo Aránguiz.
Finalmente, la audiencia de comunicación de sentencia –que será redactada por la jueza Gretchen Demandes Wolf- quedó fijada para el próximo 4 de mayo, a las 11 horas.