Gloria Ana Chevesich explica fallos respecto a Pinochet que causan críticas en agrupaciones de DDHH
"La razón que invoqué fue que el aforado había sido sobreseído definitivamente por la Corte Suprema por "locura o demencia" y que esa resolución producía el efecto de la cosa juzgada", señala sobre su oposición al desafuero del ex dictador Augusto Pinochet por causas de DDHH.
La jueza Gloria Ana Chevesich, postulante a la Corte Suprema, se refirió hoy en entrevista exclusiva con La Segunda a los resquemores que causa su candidatura en círculos de Derechos Humanos debido a sentencias en donde se oponía – en dos ocasiones- al desafuero del ex dictador Augusto Pinochet por causas de violaciones a los DDHH.
“La razón que invoqué fue que el aforado había sido sobreseído definitivamente por la Corte Suprema por “locura o demencia” y que esa resolución producía el efecto de la cosa juzgada”, dice la magistrada sobre los motivos por los que rechazó en 2004 el desafuero de Augusto Pinochet por la llamada Operación Cóndor, y el caso por el crimen de Carlos Prats y su esposa Sofía Cuthbert.
Explica: “Estuve por decretar nuevos exámenes mentales como medida para mejor resolver, accediendo una petición de los querellantes, lo que no prosperó. También estuve por decretar nuevas pericias médicas neurológicas y psiquiátricas, a fin de determinar si había existido alguna variación en la imputabilidad del señor Pinochet Ugarte, moción que tampoco prosperó. Mi decisión la compartieron, entre otros, los ministros señores Rubén Ballesteros, Eduardo Fuentes Belmar, Lamberto Cisternas y Rosa María Maggi”.
En el caso Prats, señala, los argumentos fueron los mismos, pero esta vez “mi decisión la compartieron, entre otros, los ministros señor Ballesteros, señora Gabriela Pérez y señor Fuentes Belmar”.
Ambas resoluciones de desafuero (a las que no concurrió) “fueron revocadas por la Corte Suprema y, en definitiva, se rechazó, dando valor a la cosa juzgada emanada del sobreseimiento definitivo dictado por la segunda sala del máximo Tribunal”.
En abril de 2006, respecto al caso Riggs, no obstante, decidió aprobar la petición de desafuero solicitada por el ministro Sergio Muñoz Gajardo, quien inició la investigación por malversación de fondos públicos en contra de Pinochet, su familia y cercanos. Chevesich explica que consideró que ” se aportaron antecedentes que daban cuenta de actuaciones personales del imputado, que, de algún modo, revelaban un cambio de su capacidad mental”.
OTROS FALLOS
También aprovechó de explicar en el vespertino, las acusaciones de realizar filtraciones en el marco de la investigación del llamado caso MOP-Gate.
“Por terceras personas me enteré que también se me estaba imputando responsabilidad por filtraciones en la causa que instruí como ministra en visita extraordinaria. Eso es falso y, para acreditarlo, está la sentencia dictada por la Corte Suprema el 6 de julio de 2004, en la que se señala que “…no se comprobó responsabilidad alguna de la ministra señora Chevesich en las informaciones aparecidas en la prensa sobre diligencias decretadas o por decretar …”.
Finalmente se refirió a la sentencia sobre la demanda interpuesta por 400 personas que vivían en la Villa Alto Jahuel Dos en contra de Aguas Andinas S.A., por los malos olores que provenían de la Planta de Tratamiento La Farfana.
“Me correspondió redactar el fallo y hacerme cargo de toda la prueba rendida, y concurrí con mi voto a acoger la demanda de aproximadamente 300 demandantes. Sin embargo, la desestimé respecto de los restantes porque -y cita resolución- “… no rindieron ninguna prueba… y la mera indicación en los libelos respectivos de un domicilio que se dice que está ubicado en la Villa Alto Jahuel Dos es insuficiente…”.
Los otros dos ministros acogieron en esa parte la demanda -agrega- porque “…tratándose de aquellos demandantes respecto de los cuales no se evacuaron los referidos informes, a juicio de esta Corte, también se probó el daño extrapatrimonial que se señala que sufrieron, porque en los libelos pretensores fijaron domicilio en la Villa Alto Jahuel Dos y la parte demandada no probó que era diferente” publica La Segunda.