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5 de Julio de 2013

INDH: Reglamento de Evaluación de impacto ambiental no cumple con consulta indígena

A través de un informe del organismo de Derechos Humanos apuntó una serie de insuficiencias en el nuevo documento, no cumpliendo con los estándares internacionales. A juicio del INDH existe una "interpretación distorsionada de la consulta".

Por Redacción
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El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) dio a conocer un informe en el que apunta una serie de insuficiencias en materia de regulación de las consultas a pueblos indígenas relativas a proyectos de inversión en el nuevo reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

Según consigna Soy Chile el texto detalla que no se divisa en la propuesta de reglamento ninguna regulación especial del procedimiento de consulta indígena que lo distinga del proceso de consulta ciudadano ordinario”.

A juicio del INDH existe una “interpretación distorsionada de la consulta”, al tiempo que subraya que “no hay mecanismos que garanticen el dialogo intercultural y las posibilidades de incidencia de los pueblos indígenas en la aprobación de proyectos de inversión en sus tierras y territorios”.

Este nuevo informe sobre el reglamento SEIA posee un particular interés para los pueblos indígenas, puesto que, según los planes del Gobierno, las consultas relativas a proyectos de inversión que afecten a pueblos indígenas se regirían por las normas de este reglamento.

“El nuevo reglamento SEIA no fue debidamente consultado con los pueblos indígenas, sin embargo, ya fue enviado por el Gobierno a la Contraloría General de la República, el 10 de Enero de 2013”, apunta el organismo.  Y en este sentido detalló que esto ha sido confirmado por “diversas organizaciones, el INDH, y como observó el Relator Especial de Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas en su informe sobre la propuesta de reglamento de consultas del Gobierno de Chile”.

El oganismo de DDHH incluso va más allá al apuntar que el reglamento del SEIA no se ajusta a los estándares internacionales aplicables en materia de consulta a los pueblos indígenas. “No hay mecanismos que garanticen el dialogo intercultural y las posibilidades de incidencia de los pueblos indígenas en la aprobación de proyectos de inversión en sus tierras y territorios”, detalló.

“La propuesta de Reglamento del SEIA restringe las medidas y las materias a consultar, al limitar la susceptibilidad de afectación directa a ciertas hipótesis. Ello no se condice con las obligaciones a cargo del Estado de someter a consulta previa cualquier medida susceptible de afectar directamente a los pueblos indígenas”, agregó.

Finalmente, “el INDH reitera su recomendación contenida en el Informe Anual (2012) en orden a que dicho reglamento se someta a un proceso de consulta efectivo acorde a los estándares internacionales en la materia”.

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