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1 de Agosto de 2013

Ojo: Videojuegos deberán señalar su nivel de violencia en el envase

La normativa entrega al Consejo de Calificación Cinematográfica la competencia de calificar el nivel de violencia, si los juegos no vienen rotulados desde su país de origen

Por Redacción
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Con 25 votos a favor y 1 abstención, la Sala del Senado aprobó en particular el proyecto que regula la venta y arriendo de videojuegos excesivamente violentos a menores de 18 años y exige control parental a consolas. Con ello, la iniciativa quedó en condiciones de ser remitida a la Cámara de Diputados para que cumpla su tercer trámite.

El senador Eugenio Tuma explicó que la iniciativa modifica la ley del consumidor imponiendo a los fabricantes la obligación de colocar en los videojuegos una leyenda, que ocupe al menos el 25% de ambas caras del envase, donde se señale claramente el nivel de violencia contenida en el juego.

Agregó que también se le entrega al Consejo de Calificación Cinematográfica la competencia de calificar el nivel de violencia si es que éstos no vienen con la calificación homologada a la norma establecida en su país de origen.

“Los que no rotulen serán sancionados con 50 UTM y se faculta al juez para aplicar el doble de la multa en caso de reincidencia”, sentenció Tuma.

A su turno, el senador Hosaín Sabag precisó que “no se trata de censura previa a este tipo de productos ni que nuestro país establezca una calificación adicional, sino que equiparar a los sistemas que existen en Estados Unidos o Europa, por ejemplo”.

El senador Alejandro García- Huidobro, por su parte,  destacó las edades que se establecieron para calificar los videojuegos.

¿Cuál es el contenido del proyecto?

  • Los fabricantes o importadores de videojuegos deberán colocar en los envases en que comercialicen dichos productos leyendas que señalen claramente el nivel de violencia contenida.
  • Asimismo, sólo podrán vender y arrendar videojuegos que fueren calificados como juego con contenido “sólo para mayores de 18 años”, a quienes acrediten cumplir con tal requisito, debiendo exigir en cada venta o arriendo la cédula de identidad respectiva.
  • Todo envase o envoltura que contenga un videojuego deberá contener en forma clara y precisa la advertencia sobre los grados de violencia y valor educativo presentes.
  • Se clasificarán en aptos para “mayores de 3 años”, “mayores de 7 años”, “mayores de 12 años”, “mayores de 16 años” y “mayores de 18 años”.
  • La advertencia deberá ocupar, a lo menos, el 25% del espacio de ambas caras del envase o envoltorio del videojuego respectivo.
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