Magistrados: "Observatorio Judicial requiere una reforma constitucional"
La Asociación Nacional de Magistrados indicó que la iniciativa presentada por Evelyn Matthei "nace desde la mera intuición, no de un estudio serio". Además criticó al Gobierno por intentar desviar su responsabilidad en la lucha contra la delincuencia.
Rodrigo Cerda, presidente de la Asociación Nacional de Magistrados, se refirió al polémico Observatorio Judicial propuesto por Evelyn Matthei y avalado por La Moneda, indicando que una iniciativa de esta índole requiere una reforma constitucional.
“Una cosa así requiere modificaciones constitucionales, un debate amplio, no es llegar y generar así, sin ninguna modificación de ningún tipo en la institucionalidad, llegar a implementar un organismo llamado observatorio”, dijo a Cooperativa.
Sin embargo, Cerda no perdió la oportunidad para sumarse a la ola de críticas contra el proyecto, aduciendo que “nace desde la mera intuición, no nace desde un estudio serio, científico, que justifique la existencia de un organismo generado por el Ejecutivo para hacer controles no previstos en nuestra legislación respecto de un poder del Estado”.
El magistrado explicó que un Observatorio Judicial no es garantía para reducir las cifras en materia de seguridad ciudadana, junto con señalar que se trata de una maniobra del Gobierno para desviar su responsabilidad en la lucha contra la delincuencia.
“Es fácil desviar la atención de los éxitos o fracasos de la persecución penal desde las ofertas que se realizaron llevándola y atacando al Ministerio Público, a las policías, o a los jueces por su funcionamiento, cuando las causas de la delincuencia, y las bajas o aumentos de las tasas de criminalidad, no dependen de un Observatorio Judicial”, dijo.
El presidente de la Asociación Nacional de Magistrados reiteró que “los controles que los jueces tenemos en nuestras decisiones están institucionalmente previstos en el sistema jurídico chileno, ya sea a través de los recursos procesales, investigaciones de tipo disciplinarios, la misma fiscalización que el Presidente puede hacer. Hay controles institucionales, y aquí hay un control que no está previsto en la Constitución, y se genera como un mecanismo de presión hacia el juez de garantía”.