Demre desestimó recurso de liceos emblemáticos contra el ranking de notas
El organismo de la U. de Chile le señaló a la Justicia que carece de las atribuciones y la competencias sobre el ranking de notas, aprovechando la oportunidad para enumerar sus ventajas.
El Departamento de Evaluación, Medición y Registro Educacional respondió al recurso de protección presentado por los liceos emblemáticos contra el ranking de notas, indicando que carece de atribuciones y competencias sobre la cuestionada norma.
El organismo indicó a la justicia que “no tiene incidencia alguna en la adopción de la medida reprochada ni decide sobre los factores de selección ni acerca de la ponderación que cada universidad le entrega”.
En vista de esto, “la acción reprochada no puede ser imputada, ni por acción ni por omisión, al Demre de la Universidad de Chile, ya que no es precisamente el sujeto activo del supuesto agravio que habrían sufrido los recurrentes”.
Pero la respuesta del Demre no se quedó en eso solamente, ya que apuntó que la acción tomada por los liceos emblemáticos fue ingresado fuera del plazo estipulado por la ley, que es de 30 días corridos de informada la implementación de ranking de notas, consigna La Tercera.
Junto con desestimar el recurso, aprovechó de exponer las ventajas de la mayor ponderación del ranking de notas en el proceso de admisión universitaria 2014.
“Favorece la selección de estudiantes con un mejor rendimiento promedio durante la enseñanza media, favorece la equidad de género, aumentado la participación de mujeres entre los seleccionados, contribuye a aumentar la selección de postulantes de colegios con un índice de vulnerabilidad más alto, contribuye a aumentar el número de postulantes selecciones que pertenecen a los quintiles socioeconómicos más desfavorecidos“, indica el documento.
Además, se refiere a la eventual arbitrariedad en la que incurriría, argumentando que “no existió, ni en la actuación ni en la decisión de tales entidades, ninguna clase de abuso, capricho o irrazonabilidad. Se ha demostrado que no existió ilegalidad o arbitrariedad alguna en la actuación de Demre y su director, como tampoco por parte de Cruch o de las universidades que participan del proceso único de selección universitaria”.