Programa Chile Sustentable da a conocer su balance sobre los hitos medioambientales del 2013
El completo informe de la ONG es una memoria crítica sobre los hechos más destacados en el acontecer y la política medio ambiental, destacando lo positivo, lo negativo y lo pendiente de este año.
El balance realizado por la directora ejecutiva de Chile Sustentable Sara Larraín, la periodista UC Carola Navarrete y la cientista política UC Catalina Szigeti, destaca los acontecimientos más importantes en materia medioambiental ocurridos durante este año.
LO POSITIVO
1- La aprobación de la Ley de Impulso a las Energías Renovables No Convencionales (Ley 20/25), que obliga a las empresas eléctricas a diversificar y limpiar la matriz energética del país mediante la incorporación de 20% de energías renovables no convencionales ERNC (solar, eólica, geotermia, pequeña hidráulica) al año 2025. Esta Ley duplica la obligación establecida por la Ley 20.257 de 2008, que determinaba una meta de 10% de ERNC al año 2024, lo cual constituye una orientación clara al mercado eléctrico. Su aplicación permitiría a Chile reducir las emisiones de contaminantes locales y de CO2; ganar en autonomía y seguridad energética y ciertamente reducir las distorsiones del mercado eléctrico.
2- Dictamen judicial confirmó la culpabilidad de Celulosa Arauco y Constitución (Celco) por la contaminación del Santuario Río Cruces y la muerte de los cisnes en Valdivia.
El Primer Juzgado Civil de Valdivia, tras 9 años de indagatoria, condenó a Celco a reparar el daño ambiental causado al Santuario a fines de 2004, a causa de las descargas contaminantes desde su planta de celulosa Valdivia en la comuna de San José de la Mariquina.
La justicia concluyó que el daño en el santuario comprende la muerte y desaparición sin regeneración a la fecha del luchecillo; muerte y emigración de cisnes de cuello negro desde el humedal; daño al ecosistema en su conjunto, pérdida de diversidad biológica del ecosistema y pérdida del valor paisajístico del humedal, estableciendo que fue ocasionado por Celulosa Arauco, y que tuvo como causa la actividad ilícita de vertimiento de riles al Río Cruces, contraviniendo su Resolución de Calificación Ambiental. El fallo obliga a Celco a tomar medidas bajo sus costos para preservar el Santuario del Río Cruces, como estudios sobre el estado del humedal, crear un centro de investigación de humedales y el establecimiento de un humedal artificial.
3- Realizacion de la 1º Marcha Nacional por la Recuperación del Agua en abril 2013 desde norte, centro y sur y entrega de carta en la Moneda, con demandas de cambios constitucionales y legales. Junto a esta masiva manifestación, se realizó en octubre, el primer Cabildo Ciudadano por el Agua, que contó con la presencia de dirigentes de todo el país que tienen demandas relacionadas con el agua y parlamentarios de la comisión de Recursos Hídricos, Sequía y Desertificación. En este encuentro se discutió la necesidad de destrabar la tramitación de la Ley de Servicios Sanitarios Rurales y de la Ley de Protección de Glaciares y la urgencia de reformar el Código de Aguas de 1981 y cambiar la Constitución. La marcha y el cabildo constituyen un gran paso político en las demandas de acceso al agua como un derecho humano y la recuperación del agua para todos los chilenos. Estas reivindicaciones ciudadanas se tornan más urgentes y relevantes en el escenario de escasez hídrica que convirtió a 2013 en el tercer año más seco en Chile desde 1866 según el registro de la Dirección Meteorológica de Chile.
4- Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) destaca conflictos por el agua y advierte ‘preocupante’ concentración de propiedad del agua en Chile.
El Informe Anual de DD.HH, elaborado por el INDH presentó el agravamiento de los conflictos por acceso y uso de las aguas en el país, generado por el Código de Aguas y marco normativo que instaura mecanismos de mercado para acceder al agua. Esta normativa, a juicio de la institución, “ha tenido como consecuencia la concentración de derechos de agua en manos de particulares para diversos fines, lo que ha incidido a su vez en el alto precio de estos bienes en el mercado”. El INDH advierte que en el mediano plazo “este escenario de concentración del recurso, pueda generar situaciones de inequidad para usuarios tradicionales (campesinos, indígenas, pequeños parceleros) y grupos vulnerados que han sido excluidos del acceso a los recursos hídricos existentes en sus territorios o en acuíferos ribereños a estos espacios territoriales”.
5- Paralización y Sanción de las faenas mineras en Pascua Lama de la empresa canadiense Barrick Gold.
La Tercera Sala de la Corte Suprema confirmó la decisión de la Corte de Apelaciones de Copiapó (que suspendió las faenas de Pascua Lama) de acoger el recurso que comunidades indígenas interpusieron en el mes de abril, contra Barrick, la mayor minera de oro del mundo. El recurso acusa de graves irregularidades en la operación del proyecto minero de oro y cobre, destacando la destrucción de glaciares y a la contaminación de recursos hídricos. Simultáneamente, la Superintendencia de Medio Ambiente sumarió y sancionó a la minera por violar los términos del permiso ambiental, causando contaminación de aguas y pastizales por operar sin las obras exigidas. Pascua Lama seguirá paralizada hasta que cumpla con la construcción de toda la infraestructura destinadas a proteger las aguas y a cumplir con el Plan de Monitoreo contemplado en la Resolución de Calificación Ambiental de 2005.
6- Anulación de la Resolución Ambiental que aprobó el proyecto Minero Los Pumas, en la cabecera del rio Lluta, comuna de Putre.
La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Arica acogió los recursos de protección presentados por organizaciones indígenas, ambientales y la junta de vigilancia del rio Lluta en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) por la aprobación del Proyecto Minero ManganesoLos Pumas, quedando nula la Resolución de Calificación Ambiental. Los magistrados determinaron que el permiso ambiental otorgado para la construcción de un proyecto de extracción de manganeso a rajo abierto, en el valle del rio Lluta, infringió la normativa relativa a la protección de parques nacionales dada la cercanía del Parque Nacional Lauca y vulneró el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) al no realizar la consulta a las comunidades indígenas. También infringió la normativa sobre contención de relaves mineros, existiendo riesgo de contaminación de las aguas y se amenazaba el derecho constitucional a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
7- Corte Suprema confirmó fallo que protege las aguas de Parque Nacional Vicente Pérez Rosales.
La Corte de Apelaciones de Puerto Montt acogió el reclamo de Conaf contra la inscripción hecha por un particular para el aprovechamiento de agua de los ríos Blanco, La Junta, Esperanza y La Cimbra ubicados al interior del Parque Nacional Pérez Rosales, en la región de Los Lagos., que tendría como fin la realización de un proyecto hidroeléctrico.
Este fallo fue ratificado por la Corte Suprema, la que rechazó el recurso interpuesto por la Dirección General de Aguas ante el máximo tribunal para dejar sin efecto el dictamen de primera instancia de la Corte de Apelaciones que daba la razón a Conaf y así, entregar derechos de agua al interior de un Área Protegida. El fallo de la Suprema sustenta su decisión en las normas de la Constitución y la Convención de Washington que impiden que la DGA conceda derechos de agua para construir centrales hidroeléctricas al interior de Parques Nacionales, evitando así la intervención y extracción de aguas de los ríos del parque y sentando un precedente positivo.
Hay que recordar la ilegalidad cometida en el gobierno pasado cuando se aprobó el proyecto minicentrales hidroeléctricas de pasada Palmar- Correntoso de Hidroaustral S.A., en el Parque Nacional Puyehue.
8- Paralización de la termoeléctrica a carbón Bocamina II de Endesa, en la comuna de Coronel.
La Corte de Apelaciones de Concepción ordenó suspender las operaciones de Bocamina II mientras resuelve respecto a un recurso de protección presentado por pescadores artesanales y pobladores de la comuna de Coronel. Los opositores a la central sostienen que la operación del proyecto “Optimización Central Termoeléctrica Bocamina 2 unidad”, no cuenta con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que lo autorice, ya que solo fue ingresado a evaluación en el año 2011, a través de una declaración de impacto ambiental. Simultáneamente la Superintendencia de Medio Ambiente mantiene un proceso sancionatorio en contra de Endesa tras constatar infracciones gravísimas en el funcionamiento de la central. La empresa se expone al pago de una multa de cinco mil millones de pesos o a la clausura definitiva de la planta en Coronel.
9- Paralización del proyecto aurífero El Morro por irregularidades ambientales y de la consulta indígena.
La Corte de Copiapó paralizó proyecto aurífero El Morro de las canadienses Goldcorp y New Gold, acogiendo un recurso de protección presentado por quince comunidades indígenas del Huasco ante la Corte de Apelaciones de Copiapó. El proyecto, se ubica en la cordillera de la provincia del Huasco, (vecina al suspendido Pascua Lama) y ya había sido detenido tras un fallo adverso de la Corte Suprema en 2012, por no consultar a los diaguitas. Las comunidades argumentaron que la consulta exigida por el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), no fue bien realizada, ya que sólo se tomó la opinión a una de las comunidades diaguitas de la zona. Las reclamaciones de las comunidades también aluden a la contaminación de recursos hídricos y la instalación del tranque de relave, el depósito de estériles y el rajo de la mina en la misma cuenca y quebrada en la que habitan las comunidades diaguitas.
10- Desarchivo e inicio de la tramitación de la Ley sobre Protección de Glaciares.
Los senadores de la Comisión de Medioambiente y Recursos Naturales han desarchivado la Ley sobre Protección de Glaciares (Boletín 4502-12) cuya tramitación fue congelada en 2007.
Los glaciares son reservas estratégicas de agua dulce en todas las regiones de montaña del mundo y, muy especialmente, en los países andinos. Actualmente los glaciares sufren un grave retroceso a consecuencia del calentamiento global y desde la década de los 90, la minería en Chile los está interviniendo, producto de lo cual el país ya ha perdido más de 20 mil millones de metros cúbicos de reservas de agua dulce.
Una ley especial pondría fin a la destrucción masiva de glaciares que realizan hoy en Chile mineras como Barrick, Pelambres, Angloamerican y Codelco y que se tornaría catastrófico de aprobarse la ampliación a rajo abierto de Andina 244, lo cual afectaría a las cuencas del rio Aconcagua, Mapocho y Maipú.
LO PEOR
1- Trágica muerte de la líder y dirigente indígena pehuenche Nicolasa Quintreman, quien junto a su hermana Berta lideraron la oposición a la central Ralco en el Alto Biobío. Ambas hermanas, junto a cinco dirigentas pehuenches lograron el año 2000 anular judicialmente el permiso ambiental entregado por el gobierno de Frei Ruiz-Tagle a Endesa para construir dicha central en territorio indígena, en violación flagrante de las disposiciones de la Ley Indígena. El posterior gobierno de Lagos debió negociar con los pehuenches para que Endesa pudiera llenar la central, que a la fecha ya se había construido. Nicolasa Quintreman, fue la vocera cultural y política de dicha causa y desafió al Estado de Chile en los tribunales nacionales e internacionales, yendo más allá de lo que fueron los demás líderes indígenas de la época. Por su labor recibió innumerables premios en Chile y el extranjero entre los que destaca el premio Petra Kelly entregado por los verdes en Berlín. La resistencia de Nicolasa Quintreman posibilitó años después, la apertura de los gobiernos de la Concertación a ratificar el Convenio 169 de la OIT.
2- Piñera firma reglamento que establece la Consulta Indígena sin considerar a las comunidades originarias.
El presidente Piñera, junto al ministro de Desarrollo Social, Bruno Baranda, firmó el 22 de noviembre el reglamento que establece la consulta indígena, como obligación del Estado para llegar a acuerdo sobre medidas legislativas y administrativas que puedan afectar directamente a los pueblos originarios, de acuerdo al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). No obstante el texto del reglamento no fue consultado ni dado a conocer antes de su firma a la opinión pública, ni a los propios pueblos indígenas, directamente afectados por la normativa. Consejeros indígenas de la Conadi calificaron el hecho como “un acto de mala fe, a puertas cerradas”. Dicho reglamento actualmente está impugnado por organizaciones indígenas y ciudadanas.
3- Derogación en secreto y sin consulta pública, de la norma anual de material particulado PM10.
El pasado 16 de diciembre de 2013 se publicó en el Diario Oficial el Decreto Nº20 que establece la norma primaria de material particulado respirable PM10. Este decreto viene a reemplazar el texto de 1998 (modificado el 2001). Esta medida no fue informada ni consultada, y tampoco se conocen los fundamentos técnicos y los estudios sociales que fundamentaron relajar la norma, lo cual constituye una irregularidad, ya que la dictación de la norma se hizo con fundamento y consulta pública. Esta acción relaja las exigencias para las empresas contaminantes y permite la instalación de más industrias en zonas que hoy están saturadas, lo que podría llevar a la aprobación de proyectos ya rechazados como Punta Alcalde en Atacama. La nueva norma también permite eliminar las zonas de latencia o las que están a punto de declararse saturadas como Quintero-Puchuncaví, por lo que sólo sería una forma de beneficiar a las industrias contaminantes, permitiéndoles aumentar las emisiones, especialmente a las termoeléctricas a carbón y las mineras que emiten más particulado grueso (PM10) que fino (PM 2,5) agravando los impactos sobre la salud de la población. La nueva norma entrará en vigencia el 1ero de enero de 2014.
4- Incumplimiento por parte de la empresas eléctricas de la norma de emisiones para termoeléctricas (Decreto Nº13 de 2011), la cual entregó un plazo de 2 años para que todas las termoeléctricas iniciaran un sistema de monitoreo continuo de emisiones, y 4 años para ajustarse a la norma. El 23 de diciembre pasado, ni siquiera la mitad de las termoeléctricas (de más de 50 megawatts) cumplía la norma. Actualmente las empresas afectadas, intentan que el gobierno dilate los plazos para cumplir la norma para termoeléctricas que se suma al relajo la norma de PM 10. Hay que consignar que el sector de la energía en Chile que lidera la emisión de gases de efecto invernadero son las 239 termoeléctricas existentes a carbón, petróleo, petcoke y gas natural, según estudios del programa sobre Escenarios y Planes de Acción de Mitigación del Gobierno.
5- Gobierno postergó declaración de Santiago como zona saturada de material particulado PM 2,5.
La Ministra del Medioambiente, María Ignacia Benítez anunció que la norma que declaraba a Santiago como una zona saturada de contaminación por material particulado fino (MP 2.5) quedaría pendiente debido a que aún se está trabajando y debe ser visado por la Contraloría. El gobierno justificó su acción debido a la prioridad de trabajar primero con las regiones del sur que tienen concentraciones más altas que Santiago. Este hecho constituye un retroceso de los planes de descontaminación de la capital, que perpetuaría los impactos a la salud de los seis millones de habitantes que viven en Santiago.
6- Ingreso del grupo Luksic a la propiedad y financiamiento del Proyecto Alto Maipo de AES-Gener, aportando 40% del financiamiento, lo que destrabó la provisión de fondos desde la banca internacional para concretar el proyecto. La eléctrica norteamericana que ya posee cuatro centrales en la cuenca del Maipú, pretende construir dos más, mediante la construcción de un túnel de 70 kilómetros y la instalación de dos áreas de turbinas de generación. El proyecto reducirá sustancialmente los caudales de los ríos Volcán, Yeso, Colorado y Maipo afectando el desarrollo local, el turismo; vulnerando la seguridad hídrica del agua potable de Santiago y el riego de los cultivos del valle del Maipo. El proyecto aprobado en 2009 por el gobierno Bachelet, aún enfrenta varios juicios de agricultores, ciudadanos y las cámaras de turismo de siete comunas de la región metropolitana, destacándose Pirque y San José de Maipo.
7- Justicia falla en favor de Minera Los Pelambres en caso de derechos de aguas, dándole la razón a Antofagasta Minerals en contra de las normas vigentes y las demandas ciudadanas.
La Corte Suprema falló a favor de la minera Los Pelambres, de propiedad de la familia Luksic, en cuanto a los derechos de aguas afloradas en el terreno de su concesión minera. La empresa, declaró que el fallo “sienta un precedente donde se establece que el Código Minero prevalece por sobre el Código de Aguas, al reconocer el derecho de aprovechamiento de un particular sobre aguas afloradas fortuitamente en una concesión de su propiedad”. En contraposición a ello instituciones como Chile Sustentable han señalado que no hay claridad sobre si esos recursos hídricos fueron “hallados” o “alumbrados”. Ya que si la empresa hizo -ex profeso- un pozo o túnel para extraerlas, no son aguas halladas sino alumbradas y no serían de la minera según el Código de Aguas. Este proyecto de Antofagasta Minerals ya ha provocado degradación masiva de recursos hídricos en Salamanca y Caimanes en la región de Coquimbo.
8- Rotura del ducto de forestal Celulosa Arauco en Itata contamina predios vecinos, provocando daños que recuerdan los estragos irreparables que la empresa causó en el ecosistema del Santuario Río Cruces y la muerte masiva de cisnes en 2004.
La planta Nueva Itata de Celco, derramó gran cantidad de residuos tóxicos líquidos en la zona de Boca Itata, Ñuble, región del Bío Bío. El ducto de la celulosa emitió líquidos tóxicos durante 12 horas afectando las tierras y aguas de las comunidades locales. Testigos locales calificaron el derrame como un “un géiser de riles” y culparon a la autoridad de no fiscalizar a la empresa y negarse a exigirle un proceso industrial de circuito cerrado como ocurre en otros países forestales. Según Resolución de Calificación Ambiental de Celco Itata, si la empresa tiene problemas con el ducto, pueden descargar al río Itata, afectando la vida de 45 mil personas. Lo cual insulta y resulta una violación de los derechos humanos y constitucionales vigentes.
9- Aprobación de la ley que acelera los procedimientos para las concesiones eléctricas, debilitando la defensa de los afectados y excluyendo la protección de los territorios indígenas y áreas protegidas.
La publicación en octubre de la Ley Nº 20.701 sobre Procedimiento para otorgar Concesiones Eléctricas, facilita a las empresas la obtención de concesiones y la concreción de inversiones en transmisión eléctrica mediante la adecuación de los tiempos de tramitación, el debilitamiento de los mecanismos de oposición, observaciones y sistema de notificaciones, tasación de inmuebles y establecimiento de un procedimiento judicial de carácter sumario para conocer de las reclamaciones. La ley (en su redacción original) pretendía conculcar los derechos de las comunidades en los territorios para beneficiar a los inversionistas eléctricos. Gracias al trabajo de la sociedad civil y algunos parlamentarios se logró eliminar los artículos más perjudiciales para los derechos de la mayoría de los chilenos, no obstante, no fueron consideradas las indicaciones parlamentarias que obligaban a realizar la Consulta Indígena y a buscar trazados alternativos en caso de Áreas Protegidas.
PENDIENTES
1- Avalancha de denuncias pone en duda la capacidad y eficacia de la fiscalización ambiental.
La Superintendencia del Medio Ambiente ha recibido en su primer año de gestión más de mil denuncias en contra de proyectos que cuentan con una Resolución de Calificación Ambiental vigente. Genera desconfianza que todas las iniciativas denunciadas fueron visadas positivamente por Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), lo que pone en tela de juicio el sistema de evaluación vigente. Uno de los mayores problemas con el que cuenta el SEA es su poca capacidad fiscalizadora. Esto porque no está dentro de sus atribuciones verificar si la información que entregan los responsables de los proyectos es verídica y completa. Es decir, se actúa bajo la premisa de la buena fe.
2- Lenta tramitación del Proyecto de ley que reforma el Código de Aguas para establecer Prioridades de Uso (Boletín 7543-15).
Actualmente en Chile, uno de los principales problemas en torno al recurso hídrico es la inequidad e inseguridad en el acceso al agua por parte de la población, los villorrios rurales y las ciudades pequeñas que abastecen actividades de subsistencia. Existe hoy una moción parlamentaria que pretende dar solución a esta situación mediante el establecimiento de una nueva categoría de derecho “el derecho esencial”, el cual permitirá establecer prioridades de uso del agua: primero para el consumo humano, el saneamiento, la seguridad alimentaria y las actividades de subsistencia y luego para los demás usos económicos con fines de lucro como los industriales, mineros o de generación eléctrica. Hoy en día el proyecto de ley se encuentra en su primer trámite legislativo en la Cámara de Diputados
3- Proyecto de ley marco para la gestión de residuos y la responsabilidad extendida del productor (REP).
Este proyecto de ley (Boletín 9094-12) pretende incorporar el principio de quien contamina paga e incorpora la valorización de los residuos como elemento clave en la gestión de los residuos sólidos, introduciendo mecanismos que permiten aumentar los niveles de reciclaje de los residuos que actualmente se disponen en rellenos sanitarios o son depositados en vertederos ilegales. La REP implica que los productores de productos prioritarios deben cumplir con ciertas obligaciones tales como registrarse, organizar y financiar la gestión de residuo, cumplir metas de recolección y valorización. De esta forma, el fabricante o importador deberá hacerse cargo del producto una vez terminada su vida útil, debiendo cumplir metas de reciclaje establecidas por el Ministerio del Medio Ambiente.
Si bien el proyecto apunta a una dirección correcta, la falta de un marco legal en materia de gestión integral de residuos, la ausencia del rol municipal y la exclusión de los recicladores de base, por lo que exige importantes mejoras. Hoy el proyecto está en primer trámite legislativo en la Cámara de Diputados.