Corte Suprema califica de "reservada" información de defensa chilena en La Haya
El fallo del máximo tribunal determina que los jueces de la Corte de Apelaciones de Santiago cometieron falta o abuso grave al acceder a la entrega de información. En primer lugar, razona la Tercera Sala, la Dirección de Fronteras y Límites (Difrol) del Ministerio de Relaciones de Exteriores, actuó en el marco de sus atribuciones al calificar de reservada la información solicitada por la ciudadana Romina Colman Carnevali.
La Corte Suprema declaró reservada la información sobre los nombres y los honorarios que percibieron los abogados que representaron a Chile ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya, por la demanda marítima presentada por Perú.
En fallo unánime, los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Sergio Muñoz, Héctor Carreño, Pedro Pierry y María Eugenia Sandoval; además del abogado integrante Arturo Prado, acogieron un recurso de queja presentado en contra de resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que había accedido a la entregada de la información, avalando un decisión del Consejo para la Transparencia.
El fallo del máximo tribunal determina que los jueces de la Corte de Apelaciones de Santiago cometieron falta o abuso grave al acceder a la entrega de información. En primer lugar, razona la Tercera Sala, la Dirección de Fronteras y Límites (Difrol) del Ministerio de Relaciones de Exteriores, actuó en el marco de sus atribuciones al calificar de reservada la información solicitada por la ciudadana Romina Colman Carnevali.
En segundo término, el máximo tribunal determinó que se violan las normativas de la Corte Internacional de Justicia de La Haya si se accede a entregar la información, la que –además- se encuentra resguardada por el secreto profesional de los abogados.
Asimismo, el fallo razona que la reserva de los actos en la relación entre clientes y abogados, se debe extenderse -en este caso- a los profesionales que representaron a Chile en el litigio internacional.