Abogado de Celestino Córdova: "Fiscalía lo acusó sin haber terminado su investigación"
Pablo Ortega señala que hasta ahora, todo lo que se está viendo en este juicio oral contra el Machi por la muerte del matrimonio Luchsinger-Mackay son conclusiones preliminares y no existe prueba directa de su participación. También plantea faltas a la libertad de culto por parte de Gendarmería al impedirle realizar ceremonias en su detención.
La imagen de Celestino Córdova en los diarios, sentado en el estrado, con su cabeza coronada con un trarilonko de plumas, es la postal de esta semana. Comenzaron las audiencias del jucio oral que se extenderá por veinte días de uno de los casos emblemáticos de atentados en la Araucanía. Por eso, el abogado Pablo Ortega del Cidsur (Centro de Investigación y Defensa Sur) sabe que se enfrenta a la presión mediática, producto de un hecho escabroso y lamentable, en un proceso donde la Fiscalía de la zona, afirma, no ha sido prolija. En medio de esa zozobra, su segundo temor es que, de ser condenado, el machi enfrente la aplicación de la Ley Antiterrorista y con penas proyectan castigos desproporcionados a los delitos. “Celestino arriesga media vida de condena”, reflexiona.
El abogado defensor comenta que, tras encontrar y detener al machi a más de dos mil metros del predio de la familia Luchsinger-Mackay no se investigó más y se acorraló a Córdova como único culpable de estos delitos. Por eso mismo, dice que Celestino ha enfrentado con dignidad un proceso largo, donde las comunidades se sienten conmocionadas al ver a uno de sus líderes espirituales acusado de un atentado, arriesgando una condena que podría ser cadena perpetua. “Él entiende que frente a un delito tan grave tenga que hacerse una investigación, lo que no acepta, como machi, es que se le trate de culpable antes de un juicio justo”, reclama Ortega.
El jurista asegura que este acontecimiento agudizó los conflictos entre pobladores de la región y las comunidades mapuches por el trato injusto hacia su defendido en un “juicio a priori” donde, entre otras prohibiciones, a Celestino Córdova no se le permite ejercer sus rituales religiosos dentro de la cárcel. Por eso el abogado presentará un recurso de amparo frente a lo que él considera un trato vejatorio. “Su familia lo ha pasado mal, él tiene tres hijos pequeños, pero, hay que decir, ha enfrentado con mucha entereza este proceso”, concluye.
Una de sus críticas en el juicio oral es que, en su opinión, las pruebas que presentó la Fiscalía son sólo probabilísticas.
Nosotros sostenemos que el Ministerio Público realizó una investigación apresurada y acusó a Celestino Córdova sin haber terminado su investigación, de hecho, una vez acusado, continúan las imputaciones en otras líneas. Todo lo que estamos viendo en este juicio oral son conclusiones preliminares; segundo, no existe prueba directa de su participación. Todo lo que el Ministerio Público está haciendo es decir que existen probabilidades de que el machi haya estado presente en el lugar de los hechos. El único peritaje que situaría, y lo digo en condicional, es un pericial planimétrico que dice que existen posibilidades que el machi estuviera en tal posición, pero que no dice cuáles son las probabilidades, cuál es el porcentaje de ello, ya que estamos trabajando sólo con probabilidades.
La madrugada del incendio se encontró a Celestino Córdova a dos kilómetros de distancia de la casa del matrimonio Luchsinger-Mackay y ustedes plantearon que un herido de bala no puede recorrer esa distancia. ¿Qué posición tienen frente a la tesis de “la ayuda” que plantea la Fiscalía?
Respecto a la distancia, en el campo, los recorridos no son en línea recta, pero en línea recta imaginaria en un plano son casi 1.800 metros, siguiendo el camino equivale a aproximadamente 2.440 metros. ¡Son dos kilómetros y medio! Existe otra medición que realizó el personal policial, calculando por los eventuales lugares por donde habría pasado Celestino, y se sacó la cuenta con un resultado de 1.900 metros, lo que hace un promedio veinte cuadras. Ningún ciudadano puede permitir que se le condenen por un delito ocurrido a veinte cuadras desde donde se encuentra.
Una perito mencionó lo de las trazas de polen recuperadas de las botas del acusado serían compatibles con la plantación de papas sembradas en el predio del matrimonio Luchsinger.
Respecto a ese peritaje, creemos que no aporta mayores antecedentes sobre su participación en los hechos porque tal vez, lo que el Ministerio Público omite en sus comunicados, es que existe un peritaje de varios calzados que fueron incautados en distintos lugares de la región y curiosamente en todos los zapatos encontraron el mismo polen. ¿Por qué? Porque estaban en la temporada de siembra de papas, es lógico que pase eso en una zona campesina donde las papas son un alimento importante como ocurre en la Novena Región. En ese sentido no es la única persona que tenía trazas de polen en su calzado. En segundo lugar, no creemos en su incidencia porque la persona que realizó estos cotejos no fue quien vino a testificar.
En la audiencia también se reprodujeron los audios entre Central de Comunicaciones de Carabineros (Cenco) y los dispositivos policiales. ¿Qué incidencia tienen estas pruebas?
Con esto el Ministerio Público quiso probar que Celestino fue detenido en un determinado lugar estando herido, por tanto no cambia el escenario desde el punto de vista de la defensa, ahora para nosotros si son relevantes algunas cosas, por ejemplo: la Fiscalía, en su acusación junto a Carabineros, afirma que aquella noche sintieron gemidos de alguien, a escondidas, pero en el audio que hoy se expuso en el Tribunal, nos damos cuenta que lo que en realidad transmitieron los funcionarios policiales fue el audio de un sujeto que estaba gritando, pidiendo ayuda. Entonces alguien que haya cometido un delito grave, algunos minutos, o varios minutos antes, nos estaría alertando su presencia. La segunda acusación, es que habría una segunda persona cerca de Celestino y hoy el audio ha dejado que la persona habría estado en un lugar contrario a Celestino Córdova. Esta persona fue avistada al norte de la casa incendiada. Celestino Córdova fue encontrado hacia el sur.
Ustedes presentaron un recurso de amparo por falta a la libertad de culto de Celestino Córdova…
Fue un recurso de amparo para que no le nieguen el derecho de realizar una ceremonia religiosa. Él es machi y gendarmería le ha negado la posibilidad de realizar actos religiosos. Creemos que es un atentado gravísimo a la libertad de culto.
En ese mismo tema, ¿cuánto cree que afecta a las comunidades el encarcelamiento de un machi, alguien que es un líder espiritual y parte de la cosmovisión Mapuche?
Lo que uno percibe es una gran preocupación, una gran conmoción entre los comuneros por los delitos tan graves que se le acusan a Celestino Córdova. En ese sentido hay que destacar la posición del machi pues él entiende – que si bien está siendo injustamente acusado frente a un delito tan grave- tenga que hacerse una investigación, lo que no acepta, como machi, es que se le trate de culpable antes de un juicio justo que, por como nosotros lo entendemos, debería determinar su inocencia. Las comunidades, en ese mismo sentido, están muy preocupadas de que se le quiera hacer pagar por hechos que él no ha cometido.
Y respecto a la herida que tenía Córdova, se ha señalado que coincide con la balas que disparó la víctima.¿Cuál es su opinión sobre esta tesis?
El juicio está comenzando y las pruebas que tienen que ver con la participación del machi Celestino Córdova aún no han sido presentadas en su integridad, sabemos que existen algunos peritajes que pretenden hacer ver que podría coincidir pero lo único que dicen es que la herida de bala es compatible con el arma utilizada por la víctima. Nosotros, conociendo los peritajes, más bien descartamos la posibilidad que sea la víctima quien haya causado la herida al machi Celestino Córdova.
El Ministerio Público unió este hecho con el atentado al fundo Santa Isabel…
Como defensa creemos que sólo se hace para efectos de dar un contexto de mayor gravedad a los hechos, para impresionar a los jueces, uno, porque creemos que los jueces ya tienen una experiencia en el tema procesar penal y no se dejan impresionar por estas estrategias y, segundo, porque se trata de hechos absolutamente distintos en tiempo, lugares, modos de acción y circunstancias. Como defensa confiamos en que el machi no será condenado por los delitos que se le acusan.