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28 de Mayo de 2014

¿Es buena idea trasladar el pre al postnatal?

Diputados de la UDI presentaron una moción que permite a las mujeres obviar el permiso pre maternal para añadir ese tiempo al periodo de cuidado del menor después del nacimiento. ¿Estás de acuerdo?

Por Redacción
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Buscando fijar una norma de flexibilidad a la legislación laboral que rige a las mujeres, un grupo de diputados de la UDI, liderados por Marisol Turres, el pasado 6 de mayo  ingresó a trámite legislativo un proyecto que permite el traslado del periodo de descanso prenatal al postnatal.

La moción está siendo estudiada por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, fue presentada por la diputada Turres el pasado martes 6 de mayo junto a sus compañeros de partidovJaime BellolioFelipe De MussyMaría José HoffmannJoaquín LavínJavier Macaya,Patricio MeleroAndrea MolinaClaudia Nogueira y Felipe Ward.

La propuesta, que modifica el artículo 195 del Código del Trabajo, indica que “cuando se encuentre debidamente acreditado mediante un certificado médico que la salud de la mujer y del feto son óptimas, la mujer trabajadora podrá renunciar en forma parcial o total al permiso prenatal, trasladando el período no utilizado al permiso de postnatal, incrementando éste en la proporción que corresponda”.

Los legisladores recordaron que la Ley establece que las trabajadoras tienen derecho a un descanso de maternidad de seis semanas antes del parto y doce semanas después de él. Además, la disposición recalca que este derecho no puede ser renunciado, quedando prohibido durante dichos períodos el trabajo de las mujeres.

Sin embargo, acotaron, existen trabajadoras que, por cualidades de su salud y por una decisión personal, no requieren hacer uso completo de las seis semanas de descanso prenatal y prefieren hacer uso parcial de este permiso, trasladando el tiempo al descanso postnatal.

En esta línea, destacaron los autores, el cambio legal propuesto “no cambia en nada el período establecido actualmente por la ley, es decir, las seis semanas de prenatal y las doce semanas, en los casos que corresponde, del postnatal”, permitiendo sólo que la trabajadora pueda disponer, con autorización médica, del período del prenatal, no significando para el empleador o en lo referente al pago de los beneficios sociales o de salud, alguna alteración del régimen vigente actualmente”.

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