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12 de Junio de 2014

El fin de la Ley Antiterrorista en el conflicto mapuche

Ayer fueron absueltos los siete comuneros mapuche en el caso Fundo San Leandro acusados de incendio y amenaza terrorista. Este es el último entre los casos emblemáticos del 2009 como el Ataque Tur Bus y Peaje Quino. Los detractores a esta polémica ley dicen que fue el cierre de un ciclo, el desmoronamiento de la ley 18.314.

Por Carolina Rojas
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A cinco años de los incidentes ocurridos el 12 de enero del 2009 en los galpones del Fundo San Leandro, ubicado en la comuna de Lautaro, ayer fueron absueltos los siete comuneros mapuche que la Fiscalía de Temuco apuntó como responsables del hecho amparándose en la Ley Antiterrorista.

Entre los delitos se contemplaba incendio terrorista, homicidio simple frustrado, amenaza terrorista, incendio común y robo con violencia. Miguel Angel Tapia Huenulef, Andrés Gutiérrez Coña, Eliseo Ñirripil Cayupán, Angel Reyes Cayupán, Elvis Millán Colicheu. Jorge Cayupán Ñirripil y Francisco Cayupán Ñirripil vivieron momentos complicados, pero hoy el panorama fue distintos y entre abrazos y festejos, algunos con sus trarilonkos, dieron gracias al final de la audiencia.

Tras las dos semanas que duró el juicio oral, el Tribunal desestimó las pruebas que entregó el Ministerio Público por lo que no fue posible establecer la participación de ninguno de los comuneros.

Pablo Ortega, abogado defensor de Miguel Tapia Huenulef comentó a El Dínamo que a esta causa la han llamado “el último caso de Ley Antiterrorista”, ya que junto a otras emblemáticas como Peaje Quino, Tur Bus, Fundo Brasil y Tres luces enfrentaron juicios mediáticos, el silencio de la investigaciones y la figura del delator compensado, además de otros subterfugios de la Ley Antiterrorista que tuvieron como consecuencia a una gran cantidad de comuneros mapuche en prisión preventiva y algunos de ellos pasaron más de un año encerrados contraviniendo tratados internacionales.

El abogado agrega que la absolución de ayer representa el fin de un periodo oscuro de la justicia donde se intentó criminalizar la protesta mapuche aplicando la Ley Antiterrorista y donde el único condenado de todos estos casos fue Raúl Castro Antipán quien fue delator compensado en las otras causas. “Fueron estos casos los que dieron origen a la huelga de hambre del año 2010, huelga de hambre masiva que provocó avances importantes en Chile, fruto de eso hubo un cambio legislativo que significó el término de la justicia militar, de la jurisdicción de la justicia militar en contra de los civiles, entonces, ese es un cambio significativo a favor de la democratización del país”, agrega.

La defensora penal pública de la Araucanía, Bárbara Katz, citó estos mismos casos hace dos semanas en su cuenta pública pues en ellos se aplicó todo el peso de la ley 18.314. Allí también señaló como todas estas investigaciones se fueron desmoronando, hasta que se dictaron sentencias absolutorias en todas las causas emblemáticas, por distintos tribunales orales de la región (como Temuco y Angol) .

“En estas causas se aplicaron todos esos mecanismos de investigación e imputación penal, que fueron bastantes fuertes en su momento. El derecho de defensa fue muy difícil en las etapas iniciales, porque si un defensor no conoce el contenido de la investigación se torna imposible ejercer el derecho de defensa, se defiende a ciegas sin conocer cuál es la prueba de cargo. Luego se decretaron otras medidas cautelares como arrestos domiciliarios, además de la formalización por delitos graves y bajo la Ley Antiterrorista, que causa mucho impacto en un Tribunal y en los medios de comunicación, sin embargo las pruebas eran absolutamente débiles y esto llevó que se dejara en libertad a estas personas”, comentó la defensora penal en conversación con este medio.

El cierre de un ciclo

En la otra vereda del juicio, a la salida de la audiencia, el fiscal jefe del Ministerio Público de Lautaro, Cristián Voullieme, lamentó la determinación y comentó que analizarán el fallo del Tribunal ya que en su opinión las pruebas fueron contundentes, sobre todo con la existencia de comparaciones balísticas y peritajes de huellas. “Desestimaron en definitiva la aplicación de la Ley Antiterrorista, pero el grueso de los delitos los dan por acreditados: robo con violencia e incendio. En ambos tipos de incendio, por los cuales acusamos, se da por establecido de que los hechos efectivamente ocurrieron (…) Vamos a analizar la sentencia para presentar los recursos que corresponden”, aseguró.

Por otro lado, Bárbara Katz confía en que esta última absolución fijará “el cierre de un ciclo” tal y como lo ha señalado el actual gobierno.  En su opinión, de esta manera se  pondrá de manifiesto que los mecanismos coercitivos de investigación amparados por la Ley Antiterrorista vulneraron los derechos de las personas involucradas y las normas de protección fijadas en Tratados Internacionales.

“Estamos hablando de causas que se iniciaron hace cinco años y que finalmente llegamos a este término. Uno podría decir que estamos conformes por cómo concluyó todo, pero el sabor es bastante amargo, eran causas muy mediáticas donde se invocó la Legislación Antiterrorista y se usaron estas herramientas nefastas, hay comuneros que estuvieron encerrados mucho tiempo y esto provoca un impacto profundo, en términos personales y de familia. Esperamos que no se vuelva a usar esta legislación nunca más”, concluyó enfática.

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