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16 de Agosto de 2014

Organismos de DDHH elogian que justicia civil sea quien aclare muerte de detenido en furgón policial

Jorge Aravena fue arrestado por carabineros de la Primera Comisaría de Rancagua y subido a un furgón policial, lugar donde murió tras estar ocho horas en su interior, con falta de ventilación y oxígeno.

Por EFE
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Organismos de derechos humanos coincidieron en elogiar la decisión de la Corte Suprema acerca de que sea la Justicia Civil la que finalmente se encargue de la investigación de la muerte de un detenido en un furgón policial, asunto que estaba en manos de una corte militar.

El máximo tribunal determinó que sea la Justicia ordinaria la que aclare las circunstancias en que se produjo la muerte en febrero pasado de Jorge Aravena, un ciudadano de Rancagua, que según la querella interpuesta por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), “sufrió apremios ilegítimos y una grave violación a sus derechos”.

A raíz de esta muerte, el INDH presentó una querella criminal en el Juzgado de Garantía de Rancagua por tortura con resultado de muerte contra quienes resultaran responsables, una acción que ha servido ahora para que la Corte Suprema derivara el caso hacia la Justicia civil.

“El Estado de Chile debe limitar la justicia militar, tal como ordenó la Corte Interamericana de Derechos Humanos, para dar cumplimiento a sus obligaciones internacionales. Es algo que como Instituto venimos señalando desde nuestra creación en 2010″, señaló la directora del INDH, Lorena Fries.

Jorge Aravena fue arrestado por carabineros de la Primera Comisaría de Rancagua y subido a un furgón policial, lugar donde murió tras estar ocho horas en su interior, con falta de ventilación y oxígeno, pese a que el fiscal de turno había ordenado su libertad.

De forma paralela a la querella presentada por el INDH en el Juzgado de Garantía de Rancagua, los tribunales militares habían comenzado a tramitar la causa, lo cual generó una problema de competencias que fue resuelto el pasado miércoles por la Corte Suprema.

En el año 2010 Chile realizó una modificación a la Justicia Militar, excluyendo a los civiles y menores de la competencia de este tipo de tribunales. Sin embargo, no se explicitó que cuando los civiles sean víctimas de delitos cometidos por militares, la justicia militar quedara fuera.

En el fallo dictado esta semana, la Corte Suprema señaló que la reforma de 2010 debe también entenderse en el sentido de excluir a menores y civiles en cuanto sean víctimas de delitos cometidos por militares, y cuando éstos no sean delitos propiamente militares.

“No se encuentra aquí involucrado ningún objeto jurídico de protección militar, ni hay razón alguna -sustantiva ni adjetiva- para entregar la investigación y eventual juzgamiento a la Fiscalía Militar”, señala el fallo del alto tribunal.

La decisión de la Corte Suprema fue valorada por otros organismos defensores de los derechos humanos, como Amnistía Internacional (AI) y la Oficina para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH).

“Consideramos que este fallo es una excelente noticia, que da una señal más de la importancia de que en Chile las violaciones a derechos humanos presuntamente cometidos por militares o carabineros en contra de civiles sean vistos ante la justicia ordinaria, y no militar”, señaló la directora ejecutiva en Chile de Amnistía Internacional, Ana Piquer.

En tanto el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos recordó que “el Estado chileno ha asumido el compromiso de modificar su justicia militar, con el fin de excluir a los civiles de dicha jurisdicción”.

“Esperamos que este positivo avance impulse una reforma a la justicia militar, para ajustarla a los estándares internacionales de derechos humanos”, comentó el representante regional del ACNUDH, Amerigo Incalcaterra.

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