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30 de Octubre de 2014

Colegio es condenado por Ley Zamudio tras negarle matrícula a una niña por estado civil de la madre

Según indicó un sacerdote del colegio, la madre le está haciendo un gran daño a su hija porque "los hijos de padres separados presentaban problemas".

Por Redacción
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Una condena en primera instancia ratificó la Corte de Apelaciones de Concepción en contra de el colegio Santísima Trinidad. Esto luego de que una apoderada invocara la Ley Zamudio luego de que en el establecimiento le negaran la reincorporación a su hija de nueve años, por no estar casada con su actual pareja, consignó La Tercera.

La situación comenzó en mayo de 2013, cuando Tatiana Torres debió retirar a su hija del colegio por un viaje al norte que duró dos meses. Luego, en julio de ese año la mujer solicitó la reincorporación de la pequeña, el que fue negado por el sacerdote José Luis Zabala, superior del movimiento de Schoenstatt en Concepción, al que pertenece el recinto.

Me dijo que no la aceptaría, porque yo le estaba haciendo un gran daño a mi hija, que después iba a tener problemas, porque los hijos de padres separados presentaban problemas, que no iba a entender cómo yo no me había podido casar y que no se iba a poder adaptar a las normas del colegio. Esa vez fue un shock para mí“, declaró Tatiana. Agregó que junto a su pareja, con quien tiene planes de matrimonio, le llevaron el comprobante de hora del Registro Civil, pero aún así no se permitió la incorporación de la menor.

“Fue un proceso súper duro para ella, para mí y para mi familia, porque ella no entendía por qué no podía volver al colegio, quería volver con sus compañeros, con sus profesoras y lo pasó muy mal”, sostuvo la mujer.

Por esta razón, Torres decidió recurrir a la justicia invocando la ley antidiscriminación. El Primer Juzgado de Civil de Concepción acogió la demanda y sentenció al colegio a reintegrar a la menor y al pago de una multa a beneficio fiscal de 10 UTM. El fallo sostiene que el derecho a la libertad de enseñanza “queda supeditado” al de la libertad de educación, basándose en la Constitución y en la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño.

La rectora del establecimiento, María Isabel Villouta, declaró que “jamás hemos sentido que hemos discriminado a la familia”.

El caso también ingresó a la Superintendencia de Educación, desde donde declararon, a través de un comunicado, que “se fiscalizó en terreno y se determinó pasar el caso a proceso administrativo, el que se encuentra en su última fase”. El colegio Santísima Trinidad, de resolver que hubo infracciones, se arriesga a una multa que podría llegar a los 1.000 UTM.

La abogada de la familia, Carolina Durán, destacó que es el primer caso bajo la Ley Zamudio en la región y espera “sentar un precedente y que paren con ese tipo de práctica en los colegios y que menos sea una selección tan arbitraria como el tema de los padres”.

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