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3 de Noviembre de 2014

Chile y legislación sobre transgénicos: la larga lista de deudas pendientes

Un reciente informe sobre de Derechos Humanos de la UDP devela serios vacíos en la legislación nacional referente a los transgénicos.

Por Oscar Huenchunao
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El Centro de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales presentó recientemente su informe anual, sobre la situación de los DD.HH en nuestro país, texto que analiza el tema desde diversos aspectos.

Uno de los capítulos del Informe aborda la situación de los transgénicos u organismos genéticamente modificados (OGM) desde la perspectiva de los derechos humanos. En el texto “Medio ambiente y derechos humanos: organismos genéticamente modificados y derechos del obtentor vegetal” se identifican y analizan los principales aspectos involucrados en el debate en torno a la utilización de OGM en la agricultura, junto a los riesgos socioeconómicos y ambientales que su empleo genera, así como las preocupaciones que surgen del consumo de este tipo de alimentos.

Dos son los tópicos que resaltan en este debate: la seguridad y comercialización de los organismos vegetales genéticamente modificados, y por otro lado, la propiedad intelectual de los obtentores de semillas. En nuestro país, agrega el reporte, existen notorias carencias regulatorias e institucionales, además de falta de transparencia y de espacios de participación ciudadana, entre otros aspectos.

En conversación con El Dínamo, la autora del capítulo, abogada Ignacia Mewes, considera que la medida que más urge adoptar se relaciona con dictar los reglamentos y resoluciones que están pendientes.

A ojos de la experta, estos elementos permitirán “aplicar disposiciones legales relevantes en esta materia, como aquel que debe definir la lista de especies de OGM que se van a excluir de ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y que está a cargo de establecer el procedimiento para declarar determinadas áreas como libres de OGM. Asimismo, resulta prioritario dictar la nómina de eventos biotecnológicos autorizados por el Ministerio de Salud y la resolución que debe establecer las medidas generales de bioseguridad aplicables a la utilización de OGM en áreas confinadas, entre otros”.

Para la abogada, es necesario tomar esas medidas por que “éstas ya son disposiciones legales que existen, solamente que no se han dictado los reglamentos que mandata la ley, eso está pendiente y obviamente es urgente”, ya que sin ésto, las leyes no tienen efectos prácticos.

Otra de las recomendaciones apunta a la ratificación del Protocolo de Cartagena, convenio aprobado el año 2000 y que Chile firmó en el marco de la Quinta Conferencia de las Partes de la Convención de Diversidad Biológica. Si bien es un objetivo a largo plazo, por la discusión legislativa que involucra un tratado internacional, su importancia radica en que “es el principal instrumento internacional que regula en forma expresa el tema de los transgénicos, explica Mewes y luego subraya que “Chile tiene una deuda pendiente en ese sentido”.

El principio precautorio y la Ley Monsanto

Igualmente, el informe recomienda “armonizar” la legislación nacional sobre transgénicos con las normas de la Unión Europea, cuya principal característica respecto a otras regulaciones es que aplica el llamado principio precautorio, según el cual “es quien genera el riesgo de daño grave e irreversible a la salud humana o al medio ambiente quien debe demostrar la inocuidad o seguridad de su actividad, o de la sustancia o producto que pone en el mercado“, tal como señala la experta y docente, Valentina Durán, en una columna publicada en el blog Derecho Ambiental.

“El principio precautorio es uno de los que inspira la legislación ambiental internacional, e incluso la nacional, entonces tiene lógica poder adscribirnos a las normas de la Unión Europea”, detalla Ignacia Mewes. Este principio también ha sido resaltado por las organizaciones de Derechos Humanos, ya que su aplicación puede evitar situaciones injustas que ocurren actualmente,”como el hecho de que la mayoría de las cargas ambientales las soportan la gente que tiene menores ingresos”, agrega.

Lo que se busca con este principio es evaluar preventivamente cuales son los riesgos de aplicar cierta normativa. En cambio, la norma de Estados Unidos simplemente se centra en el producto final. “Si es un tomate, será sometido a las normas que se le aplican a una hortaliza, pero no se enfoca en cómo se produjo ese tomate”, señala la abogada de la UDP.

El otro gran aspecto legislativo en materia de transgénicos tiene que ver con los derechos del obtentor, regulados en el convenio UPOV 91, que ya fue ratificado por el Congreso en 2011. Es por ello que el nuevo proyecto que presente la presidenta Michelle Bachelet, en reemplazo de la descartada “Ley Monsanto”, debe incorporar obligatoriamente los aspectos mínimos de la versión 91 del convenio. Se trata de los elementos más críticos para Ignacia Mewes, esto debido a que “otorgan muchos más derechos de propiedad intelectual a los obtentores de los que contempla el UPOV 78, que es el actualmente vigente en Chile”.

Consultada respecto de cómo enfrentar este escenario, la abogada de la UDP, se inclina por “avanzar en una agenda de trabajo seria sobre protección de los recursos genéticos , relacionado con los bancos de semillas. Si eso se hiciera, el patrimonio genético de Chile correría menos riesgo”. Sin embargo, admite que esta es una meta difícil de concretar, más aún si se tiene en cuenta que el convenio ya fue ratificado, de ahí que apueste por “jugar con los márgenes de flexibilidad que éste ofrezca”.

Esta estrategia podría funcionar en la medida que se abran mayores espacios de participación de las comunidades afectadas y mayor disposición a conversar de parte de las autoridades, lo que parece estar sucediendo, señala Mewes y luego concluye que la tarea de las organizaciones, entonces, es aprovechar esas instancias para impulsar normativas que logren la mayor protección posible al patrimonio genético de nuestro país, resguardando además el derecho de las comunidades a mantener sus prácticas agrícolas, como el intercambio de semillas.

Puedes consultar el Informe Anual sobre Derechos Humanos en Chile 2014 de manera completa o revisar el capítulo dedicado a los transgénicos.

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