AUC: así es el nuevo estado civil que está a punto de ser ley y al que podrán acceder las parejas que convivan
No solo homosexuales se verán beneficiados por este nuevo estado civil. También podrán optar a él los casi dos millones de chilenos que hoy conviven con sus parejas y no tienen regulación alguna. Acá los derechos y deberes que plantea el proyecto que está a punto de convertirse en ley.
Primero fue Acuerdo de Vida en Pareja (AVP), luego Pacto de Unión Civil (PUC) y ahora Acuerdo de Unión Civil (AUC). Pero más allá del cambio de nombre, se trata del mismo proyecto que hoy fue aprobado por ambas cámaras del Congreso. Y que ahora comienza el proceso para convertirse en ley, una vez que sea publicado en el Diario Oficial y revisado por el Tribunal Constitucional, algo que ocurrirá en marzo.
Si bien la creación del AUC fue impulsada por los movimientos de minorías sexuales como el Movilh y la Fundación Iguales, la futura ley dará origen a un nuevo estado civil al cuál podrán optar todos los chilenos y chilenas. Una opción para aquellas parejas que convivan y no deseen optar por el matrimonio, sean heterosexuales o del mismo sexo, que les permitirá legalizar sus relaciones de pareja, accediendo de esta forma a numerosos derechos en cuanto a herencia y cuidado de los hijos, entre otros. Una futura ley que podría impactar la vida de una parte importante de la población: la cantidad de parejas que conviven se triplicó en los últimos 20 años llegando a los dos millones de personas.
Luis Larraín de Fundación Iguales: “Las diferencias que tiene este pacto civil con el matrimonio civil son bastante pequeñas”
En el censo de 1992, un 5% de la población aseguró estar conviviendo con su pareja; es decir, un poco más de 537 mil personas. Actualmente, son casi dos millones de chilenos que viven en esa condición, lo que representa el 14% de la población nacional. Por su parte, la cantidad de matrimonios ha ido disminuyendo notoriamente. Aunque no existe una cifra oficial del censo de ese año, se estima que sólo un 42% de la población mantenía este vínculo legal.
El Acuerdo de Unión Civil regulará el vacío en la legislación para todos quienes han optado por convivir con sus parejas. Por ello, durante estas semanas el Registro Civil se ha comenzado a preparar para dicho cambio normativo, lo que incluirá la licitación de un nuevo software para realizar estas uniones civiles, así como capacitar a los agentes del organismo sobre la ley y las minorías sexuales.
Esto último lo realizará la Fundación Iguales y el Movilh, quienes ya están en conversaciones con el Registro Civil para ello. “Es importante sensibilizar respecto de las minorías sexuales y explicar la necesidad de esta ley para todas las parejas del mismo sexo”, explica Luis Larraín, presidente de Iguales. Y agrega: “Las diferencias que tiene este pacto civil con el matrimonio civil son bastante pequeñas, pero nosotros vamos a seguir luchando por que exista un matrimonio igualitario“.
Guía para entender el AUC:
¿Qué requisitos se necesitan para tener un AUC?
Quienes accedan al pacto deben ser mayores de edad, tener una libre administración de sus bienes y debe ser por consentimiento propio. No podrán acceder a él quienes estén casados, con un PUC vigente o que exista consanguinidad hasta segundo grado. El PUC tendrá un nuevo estado civil llamado “conviviente civil”. A diferencia del matrimonio, “en el PUC no existen roles de género donde el hombre es el jefe de la sociedad conyugal, algo muy discriminatorio. Tampoco hay deberes de fidelidad y cohabitación (mantener relaciones sexuales)”, dice Luis Larraín.
¿Cuándo se podrá acceder a él?
El miércoles el proyecto debiera ser despachado desde el Congreso Nacional e ingresar al Tribunal Constitucionalidad para ser revisado. Hasta un mes podría estar en el TC, es decir, todo marzo. Una vez que sea liberado de ese organismo, se publicará en el Diario Oficial y a contar de seis meses desde su publicación entrará en vigencia, lo que debiera ser en septiembre de 2015.
¿Dónde y cuánto?
La unión civil se deberá contraer en el Registro Civil a elección. Deberás pedir una hora, tal como si fuese un matrimonio y podrá asistir tu familia, de manera gratuita si es en horario de oficina. De lo contrario, podrás solicitar que la ceremonia se realice en una casa o recinto privado con otro costo. Al igual que el matrimonio tendrá un costo para estos últimos casos, que deberá ser regulado por el Registro y el ministerio de Justicia, de quien depende.
La tuición de los hijos
Los encargados de resolver la tuición de hijos de la pareja serán los tribunales de familia, como lo establece la Ley de Matrimonio. En el caso que uno de los contrayentes no sea padre biológico de los hijos, tendrán las mismas oportunidades que los parientes consanguíneos según determina la ley para estos casos. En esa línea, “el juez, en el caso de inhabilidad física o moral de ambos padres, podrá confiar el cuidado personal de los hijos a otra persona o personas competentes (cónyuge, conviviente civil o ascendientes), velando primordialmente por el interés superior del niño”, según consigna el texto legal.
“El PUC no innova en cuanto a adopción de hijos, ni para parejas heterosexuales. Lo bueno es que permite no desarraigar al niño o niña respecto de la pérdida de uno de sus padres. Esto cuando el otro biológico no está disponible”, dice Rolando Jiménez.
El término del pacto
Al igual que el matrimonio, el Acuerdo de Unión Civil se termina si uno de los convivientes muere. Terminará también si uno de ellos se casa (en el caso de los heterosexuales) o si una de las partes -o de mutuo acuerdo- decide hacerlo mediante una escritura pública frente a un oficial del registro civil, junto con un acuerdo que regula una pensión alimenticia y el cuidado de los hijos.
También se podrá hacer de manera unilateral, por nulidad ante el Registro Civil sin importar el tiempo que haya pasado desde que se contrajo. Inicialmente la UDI había solicitado que existiera al menos un año de convivencia para terminarlo.
En común
Los convivientes están obligados a solventar los gastos de la vida en común, según el régimen patrimonial al que hayan accedido. Esto es con o sin separación de bienes. En el caso de fallecimiento de uno de los convivientes civiles, los bienes -o la herencia- se repartirá de la misma forma en cómo hoy se hace con los cónyuges en un matrimonio. Los contrayentes también tendrán al acceso al sistema de Isapres o Fonasa en calidad de beneficiario/a o de carga del otro.
Uniones fuera del país
Los matrimonios homosexuales o uniones similares a ésta, serán reconocidos como válidos en Chile inscritos como pacto civil en ambos casos, debiendo ser registrados en el Registro Civil.