Las ocho prohibiciones que trae el endurecimiento de la Ley Antitabaco
El Senado aprobó hoy el proyecto que prohibirá, por ejemplo, fumar en playas y lugares costeros; y la venta de dulces o juguetes con forma de cigarrillos, entre otras cosas.
Más dura que nunca. Así quedó la ley Antitabaco después de la votación del día de hoy en el Senado, en la que se aprobó una serie de puntos que hacen más estrictas aún las prohibiciones tanto para los puchetas, como para la industria tabacalera. Y es que de ahora en adelante, la vida del fumador en Chile será un poco más difícil. Estas son las principales restricciones que trae la normativa modificada.
1.- Adiós a los mentolados
Quedará prohibida la fabricación y comercialización de cigarrillos con sabores. Por ejemplo, sabores dulces, frutales, cacao y mentol. Quien viole esta disposición, obtendrá multas.
2.- ¿Adiós a los cuchuflís?
También se prohibirá la fabricación y venta de dulces, golosinas, juguetes o cualquier otro producto que asemeje o tenga forma de pipa, cigarrillo u otro producto de tabaco. En este punto, algunos senadores, como Coloma, pusieron como objeción que esto podría dar lugar a malos entendidos. ¿Tienen los cuchuflís forma de cigarrillo?
3.- Prohibido los puchos en la playa
Quedará prohibido fumar en áreas silvestres protegidas por el Estado, en parques, plazas, lugares de recreación destinados a menores y en playas y espacios públicos costeros. Aunque podrán ser habilitados espacios destinados para fumadores.
4.- Fin a los “Puchomatic”
Aunque de ninguna forma se trataba de una practica masiva, si es que alguien tenía la idea, quedará prohibida la instalación y uso de máquinas expendedoras de cigarros.
5.- Tabaco no podrá estar a la vista
No podrá haber cigarros en estanterías ni en cualquier lugar de acceso directo al público. El local que los venda, debe tener carteles que adviertan del daño que hace esta droga a la salud.
6.- Adiós a las colecciones de cajetillas
Desde ahora en adelante habrá un empaquetado genérico de cigarros. Deberán estar envueltas en un papel blanco liso, con “un filtro que imite el color corcho, pudiendo agregarse la marca, pero no el uso de otros colores u otras características de diseño directamente en los productos de tabaco”. Junto a eso, la normativa obligará a que los envases lleven una advertencia que cubra el 100% de las dos caras principales, “prohibiéndose cualquier acción o elemento destinado a ocultar total o parcialmente la advertencia”
7.- No más cigarros “light”
Se prohibirá el uso de “light”, “suave”, “ligero”, “bajo en”, u otros que puedan hacer pensar que ese tipo de cigarro hace menos daño que los otros.
8.- “Tío, me da un cigarro”: Cárcel para los que den tabaco a menores
“Habrá prisión en su grado medio (de 21 a 40 días) y multa de 3 a 50 UTM al que comercialice, ofrezca, distribuya o entregue a título gratuito un producto de tabaco a menores de 18 años de edad, además del decomiso de los bienes materia de la infracción y clausura temporal del establecimiento, comercio o lugar donde se cometió la infracción, por hasta 3 meses. En los demás casos, las infracciones a las reglas establecidas en este proyecto de ley serán sancionadas con las multas que se precisan para cada casos”. Desde ahora, regalarle a un bolsero será más peligroso que nunca.
El proyecto aún debe pasar a la Cámara de Diputados para su aprobación.