En riesgo casos Penta-SQM: “Matan la causa” si Corte de Apelaciones no acepta formalizar a ex vicepresidente RN
Lo resuelto ayer por el juzgado de garantía pone en riesgo la persecución penal de diversos políticos que podrían estar involucrados en casos de financiamiento político irregular. Incluso, esto se suma a múltiples señales que ha entregado tanto la clase política como el Servicio de Impuestos Internos.
Los fiscales Emiliano Arias y Pablo Norambuena, persecutores que llevaban adelante ayer la fallida audiencia de formalización del ex vicepresidente RN Claudio Eguiluz, por presuntos delitos tributarios en el caso SQM, ex arista del caso Penta, estaban por lo bajo contrariados. Por primera vez una jueza, Ema Tapia, después de otros cinco magistrados, y del mismo Octavo Juzgado de Garantía, no concordaba con el criterio de acoger la formalización en contra de una persona vinculada a las querellas presentadas por el Servicio de Impuestos Internos, por presuntos delitos tributarios los que a fin de cuentas tendrían por objeto financiar tanto actividades como campañas políticas.
Los hechos presentados por el Ministerio Público con los siguientes: son nueve personas vinculadas a Eguiluz, quien congeló su militancia en Renovación Nacional, las que entre el 2012 y el 2014 emitieron boletas a la minera no metálica por un total de 420 millones de pesos. Además se suman 25 boletas de honorarios que pagó a su favor la firma encabezada por el ex yerno de Pinochet, Julio Ponce Lerou, por un total de 112 millones de pesos, para las cuales no existiría respaldo.
Por cierto que van a apelar. Se asegura que lo resuelto en diversas momentos por los magistrados Daniel Aravena, Sergio Córdova, Juan Manuel Escobar y Juan Carlos Valdés les da fuerza para enfrentar al tribunal de alzada capitalino.
Sin embargo siempre existe un riesgo.
El trabajo de la Corte de Apelaciones, junto con emitir fallos, es “unificar criterios”. Hasta ahora el criterio contemplaba acoger la formalización de “todos quienes resulten responsables” pese a las argumentaciones en su momento de los abogados Eduardo Riquelme, del ex diputado RN Alberto Cardemil, y de Rodrigo Aldoney y Alejandro Godoy, defensa del diputado UDI Felipe de Mussy. Pero el riesgo ahora es patente, ya que la jueza Tapia indicó que existía un requisito de procesabilidad. Esto porque según el artículo 162 del código tributario sólo el Servicio de Impuestos Internos puede presentar querellas nominativas en contra de algún contribuyente que pueda estar cometiendo delito.
Eguiluz sólo fue vinculado a través de la querella del SII, presentada en contra de ejecutivos de SQM, como el ex gerente general Patricio Contesse, su sucesor Patricio de Solminihac y Ricardo Ramos. “Hay un listado de 141 personas (en la querella), y el Ministerio Público escogió, dentro de estas 141 personas y otro listado, al señor Eguiluz”.
Ayer, molestos, los fiscales adelantaban que apelarían a esta resolución, la que incluso fue catalogada como “ilegal” por el persecutor Emiliano Arias. Sin embargo, otra fuente vinculada a las indagatorias enfatiza a El Dínamo el desacuerdo con el fallo. “La querella es contra quienes resulten responsables”, indicó, y además precisó, haciendo la comparación con un delito de robo, lo injusto que sería la situación en caso de acogerse el criterio planteado ayer por la jueza Tapia.
Esto porque si es que se atrapa a una de dos personas consideradas en este delito, la que es detenida pasa a ser formalizada, y las acciones penales se realizan en contra de “todos quienes resulten responsables”. Luego, como la investigación continúa, esta segunda persona puede ser encontrada y atrapada e inmediatamente pasa a ser considerado en este proceso penal como cómplice, encubridor o con otro tipo de vínculo con el delito.
Con estas cartas sobre la mesa, todo está en las manos del tribunal de alzada, con fecha aún por definir después de que los persecutores apelen. Sin embargo, si es que la Corte de Apelaciones confirma la resolución de ayer es lapidario: “matan la causa”.
Salvavidas político
Hace tiempo que la clase política se inclinaba por la conocida doctrina Escobar, que fue bautizada por su autor, el abogado Ricardo Escobar, ex director del Servicio de Impuestos Internos y socio de uno de los estudios que defienden a imputados por el caso Penta, quien plantea que no existen delitos penales sino meras infracciones tributarias, las que pueden solucionarse por la vía administrativa. Este discurso ha sido adoptado muy a conveniencia por la clase política, a causa del riesgo de que muchos sean vinculados a causas o eventuales delitos tributarios que tuvieron por objeto financiar tanto actividades políticas como campañas.
Y uno de los adelantos que se dio por parte del servicio tiene que ver con los cambios que se están planteando desde el Servicio a la circular N°8, del 14 de enero del 2010, que regula la fiscalización, cobro de impuestos y acciones que debe seguir la institución en caso de irregularidades. Aquí se detalla el monto del perjuicio fiscal, reiteración, existencia de antecedentes que demuestren que hubo intención, y el impacto que provocaría una acción penal.
Este tipo de salvavidas son los que ahora tienen a las defensas de los involucrados en estas causas sacando cuentas alegres, pero será finalmente la Corte de Apelaciones la que finalmente determine cómo será el criterio de los tribunales en las causas que actualmente tienen a la clase política contra las cuerdas.