Suprema dicta sentencia definitiva en caso por muerte del químico Eugenio Berríos
Entre los 14 condenados destaca el ex fiscal Fernando Torres Silva, quien recibió una pena de 10 años y un día, sin beneficios, por asociación ilícita.
La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación por los delitos de secuestro, homicidio y asociación ilícita en la muerte del ex químico de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) Eugenio Berríos Sagredo.
El cadáver del hombre detrás del gas sarín usado por los organismos de inteligencia del régimen de Augusto Pinochet y el proyecto “Andrea” fue encontrado en abril de 1995 en una playa de Uruguay con impactos de bala en la cabeza, luego de haber abandonado el país en octubre de 1991.
Berríos debía entonces presentar testimonio ante el ministro Adolfo Bañados en la investigación por el asesinato del ex canciller Orlando Letelier en Washington. La labor que realizó el químico se relaciona además con la muerte ex presidente Eduardo Frei Montalva, que habría sido envenenado.
En fallo dividido la Segunda Sala Penal integrada por los ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y Lamberto Cisternas rechazaron los recursos de casación planteados y confirmaron las penas dictadas por la Corte de Apelaciones de Santiago contra militares en retiro de Chile y Uruguay.
Estas son las condenas:
Arturo Silva Valdés deberá cumplir con una pena sin beneficios de 15 años y un día de presidio por su responsabilidad como autor de secuestro con homicidio y 5 años y un día por asociación ilícita.
Hernán Ramírez Rurange, en tanto deberá completar 10 años y un día, sin beneficios carcelarios, por su responsabilidad como autor de los delitos de secuestro, 10 años y un día por asociación ilícita. Fue absuelto de obstrucción a la justicia.
Eugenio Covarrubias Valenzuela pagará con 10 años y un día por su autoría en el delito de secuestro y 5 años y 1 día por asociación ilícita. No podrá optar a beneficios. Fue absuelto de su participación como encubridor de delitos de secuestro con homicidio y obstrucción a la justicia.
Jaime Torres Gacitúa cumplirá con una pena de 10 años y un día, sin beneficios por su responsabilidad como autor de secuestro y 5 años y un día por asociación ilícita.
Manuel Provis Carrasco, por su parte cumplirá 10 años y un día por su responsabilidad como autor de secuestro y 5 años y un día asociación ilícita. Sin beneficios.
Pablo Rodríguez Márquez, deberá purgar una pena 10 años y un día por su responsabilidad como autor de secuestro y 800 días por asociación ilícita. Sin beneficios.
Raúl Lillo Gutiérrez, fue condenado a 10 años y un día, sin beneficios, por su responsabilidad como autor de secuestro y 800 días por asociación ilícita. Absuelto del cargo de obstrucción a la justicia obstrucción a la justicia.
Manuel Pérez Santillán, completará 5 años y un día de cárcel sin beneficios, por su responsabilidad como cómplice de secuestro. Fue absuelto del cargo por asociación ilícita.
El retirado militar uruguayo Tomás Casella Santos, completará 10 años de cárcel y un día por su responsabilidad como autor de secuestro y 5 años y un día por asociación ilícita. No optará a beneficios.
Eduardo Radaelli Copolla, también militar uruguayo, pagará con 10 años y un día de cárcel su responsabilidad como autor de secuestro y 800 días por asociación ilícita. Sin beneficios.
Wellington Sarli Pose, igualmente un ex uniformado uruguayo, fue condenado a 5 años y un día de cárcel sin beneficios por su responsabilidad como cómplice de secuestro y 60 días asociación ilícita.
Marcelo Sandoval Durán, completará 10 años y un día de presidio sin beneficios por su responsabilidad como autor de secuestro y 800 días por asociación ilícita. Fue absuelto por infracción al artículo 295 bis del Código Penal.
Nelson Román Vargas fue condenado a 10 años y un día por su responsabilidad como autor de secuestro y 800 días por asociación ilícita. También fue absuelto del cargo de infracción al artículo 295 bis del Código Penal. Tampoco podrá optar a beneficios.
Fernando Torres Silva completará 10 años sin beneficios y un día por su responsabilidad como autor de asociación ilícita.
En el aspecto civil se acogió el recurso de casación planteado por el Fisco y se rechazó la demanda civil presentada por los familiares de la víctima.