SII limita a la Fiscalía: querella por platas políticas no va “contra quienes resulten responsables”
Tras semanas de presión indirecta por parte del Ministerio Público, la entidad fiscalizadora -encabezada por Fernando Barraza- presentó ayer una acción penal en contra de SQM Salar y Giorgio Martelli, entre otros. Sin embargo, a diferencia de las presentaciones anteriores, se especificó que el escrito solamente debía considerar a "las personas singularizadas de manera expresa y nominativa en ella".
Fue una pelea con guantes de seda. A través de diversas declaraciones ante los medios, el Fiscal Nacional, Sabas Chahuán, emplazaba al Servicio de Impuestos Internos para que presentara las querellas que tenía pendientes para las investigaciones por presuntos delitos tributarios, vinculados con supuesto financiamiento irregular de actividades políticas.
Por ley, el ente fiscalizador es el único facultado para presentar demandas o querellas en contra de contribuyentes sospechosos de cometer irregularidades en materia de impuestos, y una vez que estos escritos son presentados, el Ministerio Público empieza a indagar la documentación contable.
El actual director del SII, Fernando Barraza, que llegó al cargo después de que su antecesor, Michel Jorratt, se le solicitara la renuncia en medio de acusaciones de haber recibido presiones del ex titular de Interior, Rodrigo Peñailillo, por los avances en estos casos, pero particularmente cuando se estaba cercando a SQM, lo que abrió una “caja de pandora”.
Esto dejó al descubierto un esquema de financiamiento presuntamente irregular que vinculaba a múltiples funcionarios de gobierno. Entre otros Peñailillo y el mismo Jorratt, que trabajaron en la empresa del autodenominado operador político, Giorgio Martelli, Asesorías y Negocios (AyN), la que recibió financiamiento de la minera no metálica, entonces encabezada por el ex yerno de Pinochet, Julio Ponce Lerou.
En ese contexto, el Servicio debía aún presentar una querella o denuncia en contra de SQM Salar, filial de la empresa a través de la cual se habría entregado dinero para financiar actividades políticas, y AyN. Finalmente se presentaron ayer una serie de querellas, que contemplaban al ex gerente de la minera no metálica, Patricio Contesse, a Martelli y su empresa, al ex jefe de campaña de Marco Enríquez-Ominami, Cristián Warner, a la Corporación para la conservación del Medio Ambiente -encabezada por Patricio Rodrigo, asesor del PPD y una de las caras de Patagonia Sin Represas- contra el hijo del ex embajador chileno de República Checa, Carlos Tudela García.
Pero las querellas, a diferencia de las presentadas anteriormente, cuando las investigaciones afectaban casi exclusivamente a personeros de la Alianza -en el caso Penta- en esta ocasión existía una pequeña pero importante diferencia: en vez de estar dirigida esta acción penal “contra todos quienes resulten responsables”, en esta ocasión el Servicio fue categórico: “la presente acción penal por delitos tributarios se dirige única y exclusivamente en contra de las personas singularizadas de manera expresa y nominativa en ella”.
Esa sola frase limitaría el accionar del Ministerio Público en el caso de estas querellas. A través del artículo 162 del código tributario, se establece que sólo el SII puede iniciar investigaciones por delitos tributarios. Y esa discusión es la que se ha intentado zanjar repetidas veces, siendo el caso del ex vicepresidente de Renovación Nacional, Claudio Eguiluz, quien más lejos ha llegado en esta discusión. Ante el Octavo Juzgado de Garantía, mismo tribunal que también tuvo a su cargo el caso Penta, se anuló inicialmente la formalización de Eguiluz. El argumento de la magistrado Ema Tapia era que no había querella nominativa contra el dirigente RN. Inmediatamente la Fiscalía apeló, y el tribunal de alzada revirtió lo establecido por la jueza Tapia.
Si el escenario hubiese sido distinto, habría peligrado la persecución penal de los delitos tributarios por parte del Ministerio Público, que tienen por objeto esclarecer irregularidades en el financiamiento político. No obstante, el abogado de Eguiluz, Marcelo Torres, elevó un recurso de amparo ante la Corte Suprema, el que también fue rechazado, pero en términos de “forma” y no de “fondo”, por lo que el proceso -por ahora- avanzaría sin variación alguna.
Con toda esta discusión se establecerían un par de cosas. En las querellas presentadas, donde se incluye la frase “contra todos quienes resulten responsables”, la Fiscalía tiene una “manga más ancha” para perseguir estos delitos. No obstante, en estos esperados escritos (pasaron más de 100 días desde que se anunció su presentación), el Servicio de Impuestos Internos estaría demostrando que tiene la “sartén por el mango”. Es más: más adelante también se establece que “la habilitación que concede la presente acción penal por delitos tributarios para que el Ministerio Público inicie una investigación penal por delito tributario, no se extiende a otras personas o a otros hechos que pudiesen aparecer durante la investigación penal, aún cuando se encuentren vinculados a los que son objeto de esta presentación”. O sea, pone un cerco al campo de acción a la Fiscalía, quienes deberán presentar los antecedentes que encuentran en sus investigaciones al Servicio, para que sea éste el que defina si continúa, o no, presentando acciones penales para perseguir este tipo de delitos.
Sea precisión, sea advertencia, el asunto es que se abre un nuevo flanco de discusión para ver cómo actuará el Servicio de Impuestos Internos, cuya subdirección jurídica está encabezada por Bernardo Lara, para ver cómo continuará actuando en este tipo de casos. Hay aún muchos pendientes.
Por mencionar sólo uno: el Ministerio Público enviará al Octavo Juzgado de Garantía los antecedentes que disponen, sobre los aportes reservados que se supone recibieron un grupo de candidatos presentes en una lista entregada por el senador Fulvio Rossi -quien determinó suspender su militancia- a Patricio Contesse, ex gerente general de SQM, vía mail. Se sospecha que en ese caso podría haber delito, pero si éste es tributario, sólo corresponde al SII presentar querella, o eventualmente realizar algún tipo de acción administrativa, como multa, para enfrentar estas irregularidades. Sólo queda esperar.