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18 de Diciembre de 2015

Justicia comunica penas de ex ejecutivos de La Polar por caso de repactaciones unilaterales

Finalmente Pablo Alcalde, Julián Moreno y María Isabel Farah accedieron a un juicio abreviado al reconocer los delitos por los que fueron acusados por el fiscal de la zona de Alta Complejidad de la Zona Centro-Norte, José Morales.

Por Redacción
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Este lunes 14 de diciembre, ante el Segundo Juzgado de Garantía, quienes fueran los máximos ejecutivos de La Polar, aceptaron los cargos por los que fueron acusados por el Ministerio Público. Este caso se dio a causa de las repactaciones unilaterales que la firma realizó a sus clientes deudores entre el 2006 y el 2011.

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El ex gerente general y ex presidente de la firma, Pablo Alcalde, aceptó cargos de entrega de información maliciosamente falsa al mercado, además de lavado de dinero. Por estos ilícitos la Fiscalía Centro-Norte pidió que fuera condenado a cinco años de presidio, además del pago de 220 millones de pesos, que equivale a lo que Alcalde recibió por concepto de bonos. Asimismo, el lunes Alcalde entregó voluntariamente 155 millones de pesos para reparar el mal causado.

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María Isabel Farah, ex gerenta de administración de La Polar, fue condenada por los delitos de entrega de información falsa al mercado, uso de información privilegiada, lavado de dinero, y declaración maliciosamente falsa sobre la conformación del capital de una empresa. El ente persecutor solicitó una pena de 5 años de presidio, además del comiso de 228 millones de pesos que Farah recibió por bonos, a lo que se le sumaría el mayor valor que recibió por medio de la venta de acciones.

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El ex gerente de productos financieros, Julián Moreno, fue condenado por la entrega de información falsa al mercado, además de uso de información privilegiada, lavado de dinero y declaración maliciosamente falsa sobre la conformación del capital de la empresa. En el mismo sentido que los anteriores ex ejecutivos, el Ministerio Público pidió 5 años de presidio, además del comiso de 258 millones de pesos, por el concepto de bonos.

Las defensas de estas personas solicitaron que por no contar con antecedentes penales previos, asimismo como por el hecho de haber aceptado el juicio abreviado, se considere para sus penas el beneficio de la libertad vigilada.

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