Tribunal Constitucional entrega sentencia que califica requisitos de gratuidad como “discriminatorios”
El organismo sostuvo que diferenciar entre las universidades que pertenecen al Consejo de Rectores y las privadas, era un mecanismo arbitrario para beneficiar a estudiantes que tuvieran una situación similar de vulnerabilidad.
El Tribunal Constitucional dio a conocer el contenido del fallo que consideró que los requisitos esgrimidos por el Gobierno para poder acceder a la gratuidad en la educación superior en 2016 eran “discriminatorios”.
En un documento de 192 páginas, el organismo sostuvo que diferenciar entre las universidades que pertenecen al Consejo de Rectores y las privadas, era un mecanismo arbitrario para beneficiar a estudiantes que tuvieran una situación similar de vulnerabilidad.
Junto con ello, recalcó que si bien exigir una acreditación por cuatro años para las instituciones privadas era un buen indicador de calidad, cuestionó que este mismo requisito no se aplicara a los miembros del CRUCh.
A ello se suma que el criterio de “triestamentalidad” no guardaría relación con la calidad de las instituciones educacionales como con la intención de dar gratuidad a los estudiantes, asegura el TC.
La notificación del organismo se conoce en la misma jornada que La Moneda confirmó el envío de una “ley corta” para poder implementar la gratuidad.
El proyecto considera que las universidades del Estado podrán acceder al beneficio sin discriminación, mientras que las tradicionales privadas pertenecientes al G9 (U. Católica y Federico Santa María, entre otras) serán consideradas si cuentan con cuatro años de acreditación y si sus directorios no tienen integrantes que puedan estar relacionados con lucro.