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18 de Enero de 2016

Comisión de Probidad del Senado despacha Ley de Partidos: Servel vigilará elecciones internas

Finalmente, tras una inédita sesión este domingo, la norma se aprobó por tres votos a favor y dos en contra. Además, se estipuló que el Servel participe como ministro de fe en las elecciones internas de los partidos.

Por Redacción
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Este domingo, tras una sesión extraordinaria en la sede del Congreso en Santiago, la Comisión Especial de Probidad del Senado despachó el Proyecto de Ley de Partidos Políticos.

Diversas organizaciones sociales, diputados oficialistas y colectividades emergentes se adhirieron a las exigencias de la Comisión Engel, por lo que se revirtieron algunas modificaciones al proyecto despachado desde la Cámara de Diputados.

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El ministro Secretario General de la Presidencia, Nicolás Eyzaguirre, informó que el gobierno presentaría una indicación que baja el porcentaje exigido para constituir nuevas colectividades. El titular de la Segpres indicó que “lo que el Ejecutivo quiere considerar es que el guarismo para la formación de partidos se reduzca del 0,5 a 0,25% (del electorado), pero en tres regiones contiguas”.

Asimismo, el Ejecutivo mantuvo los mínimos para mantenerse como colectividad, y de esta forma equilibrar mayores niveles de competencia y tiendas con altos grados de representatividad. “Si las nuevas colectividades no eligen cuatro parlamentarios o no obtienen el 5% en cada una de las regiones inscritas, los partidos serán eliminados. Por lo tanto, emprendimientos sin arrastre popular no van a durar largo tiempo”, planteó el ministro de la Segpres.

Otro punto relevante es que el Servicio Electoral (Servel) participará como ministro de fe en las elecciones internas de los partidos, para garantizar procesos que den cuenta de la voluntad real de sus afiliados.

Los partidos se convertirán en entidades jurídicas de derecho público y promoverán la participación ciudadana, en especial de mujeres y jóvenes, reportó T13.cl.

Respecto del patrimonio, se estableció que los partidos podrán ser propietarios de inmuebles, pero al menos dos tercios de ellos deberán estar destinados a fines propios de la actividad de los partidos. Además, deberán informar anualmente al Servicio Electoral la totalidad de los bienes inmuebles inscritos a nombre del partido.

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