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30 de Enero de 2016

Estas son las penas que arriesga Natalia Compagnon por los delitos que se le imputan en caso Caval

La nuera de Michelle Bachelet está acusada de haber hecho declaraciones de impuestos maliciosamente falsas por incorporar a Caval 13 facturas ideológicamente falsas emitidas por Inversiones y Asesorías Lo Beltrán Limitada. El abogado tributario, José Luis Zavala, duda que la esposa de Dávalos tenga alguna pena de prisión efectiva.

Por Redacción
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Mientras Natalia Compagnon y otros doce involucrados en el caso Caval eran formalizados en el Juzgado de Garantía de Rancagua, no pocos se preguntaban qué pena podría esperarle a la nuera de la presidenta por los delitos que se le imputan. De seguro los más exaltados que fueron capaces incluso de ir a golpearla a la Fiscalía, quieren verla tras las rejas. Sin embargo, por la naturaleza del delito que se le imputa y sus antecedentes, esto es muy poco probable que ocurra.

Compagnon está acusada de hacer declaraciones de impuestos maliciosamente falsas. Esto por facturas ideológicamente falsas que emitió la empresa Lo Beltrán a Caval, por un total de casi 160 millones de pesos. Este delito está contemplado en el inciso primero del 97 número 4 del Código Tributario. El abogado experto en derecho tributario, José Luis Zavala, del estudio Z&N abogados, explica en qué consiste este delito.

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“Cuando estamos hablando de declaraciones maliciosamente falsas es que las personas que declaran los impuestos lo hacen en forma dolosa, de mala fe, algo que tiene que acreditarse. Lo que hacen es declarar una suma inferior a aquella que corresponde conforme a los antecedentes de una fiscalización tributaria o de los antecedentes que se tengan. Por ejemplo, usted va a declarar 1000, pese a que conforme a todos los antecedentes usted debia declarar una renta superior, como 2000 o 3000″, dice Zavala.

“El punto está en que usted realiza una serie de conductas, que se llaman ardides, destinados a rebajar el monto de impuesto que usted tiene que pagar. Ese es el tipo delictual que está puesto en el Código Tributario”, explica el abogado. En este caso, Compagnon y sus socios habrían incorporado a su contabilidad facturas de Inversiones y Asesorías Lo Beltrán Limitada, para rebajar su base imponible.

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“El primer punto es acreditar el dolo y la mala fe, algo que no es sencillo ni simple, porque se tiene que acreditar que la persona además de querer realizar la conducta, conocía o tenía conocimiento de que esa conducta era ilícita”, dice el abogado. En base a esto, el abogado explica que las penas pueden ir de 541 días a 5 años de condena. Además de una multa que puede ir del cincuenta por ciento al trescientos por ciento del valor del tributo eludido.

“Ahora, teniendo una irreprochable conducta anterior, y habiendo colaboración sustancial, la pena podría ir bajando a 3 años y un día, y aplicársele una pena remitida, que yo creo que es lo más probable que ocurra”, dice el abogado. Esto significa que la pena podría ser una firma mensual o medidas que no incluyan presidio efectivo.

En tanto, el juzgado determinó para Compagnon como medida preventiva firma mensual, arraigo nacional y la prohibición de comunicarse con los otros imputados de la causa.

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