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19 de Agosto de 2016

Abogado experto en temas de Familia: "La defensa de Ricardo Rincón es para la galería"

"Donde hay sentencia es en la causa civil, donde se hizo la denuncia para perseguir la violencia intrafamiliar. Efectivamente, hay una sentencia condenatoria, de eso no cabe duda. Cosa distinta es que con los mismos hechos se presenta una querella criminal por delito de lesiones graves", explicó Walterio Miranda.

Por Redacción
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Luego que saliera a la luz pública el grave caso de violencia intrafamiliar del diputado DC Ricardo Rincón contra su entonces pareja Carolina Hidalgo, el parlamentario se ha encargado de gritar a los cuatro vientos que es inocente.

Y es que a pesar de existir una condena en su contra por parte del 16º Juzgado Civil de Santiago, el cual le ordenó seis meses de terapia sicológico en 2003, lo que no fue cumplido, Rincón se ha encargado de publicitar una resolución del 32º Juzgado del Crimen de Santiago, que en 2006 sobreseyó la causa por el delito de “lesiones graves” en contra de Hidalgo.

Pero el fallo del Juzgado Civil, que da cuenta que la mujer tenía “dedos marcados en el antebrazo derecho por los golpes, las señas de puños en la cara y hematomas y puntapiés en la pantorrilla”, cuenta con la ratificación de la Corte de Apelaciones.

Es por ello que Walterio Miranda, abogado especialista en temas de familia, explicó por qué, a pesar de lo señalado una y otra vez por Rincón, la brutal agresión contra Carolina Hidalgo sí fue acreditada por los tribunales.

“Se está defendiendo con argumentos de otra arista, que es la penal, pero que nada tiene que ver con la arista civil. No puedes comparar un hecho civil con un hecho penal”, expresó.

Miranda detalló a El Mostrador que “ambos tribunales tienen la misma categoría y el mismo grado. El civil y el penal están en el mismo nivel jerárquico, ambos dependen de la Corte de Apelaciones de Santiago”.

Donde hay sentencia es en la causa civil, donde se hizo la denuncia para perseguir la violencia intrafamiliar. Efectivamente, hay una sentencia condenatoria, de eso no cabe duda. Cosa distinta es que con los mismos hechos se presenta una querella criminal por delito de lesiones graves. Y obviamente, como es delito, se va a sede penal. Como es delito de lesiones graves, que fue la querella que interpuso la víctima, obviamente el estándar de prueba para acreditar aquello es mucho más elevado para condenar”, argumentó.

Consultado sobre lo expresado por Ricardo Rincón, quien ha recalcado en varias oportunidades que fue sobreseído en la arista penal, Walterio Miranda calificó su discurso “como una respuesta acomodaticia. Sería muy fácil saltarse la obligatoriedad de la sentencia de cualquier tribunal de este país diciendo que tengo otro fallo, pronunciado por otro tribunal, que obviamente se refiere a otro aspecto del mismo hecho”.

“Esa defensa es para la galería. Jurídicamente no es sostenible ese tipo de argumento. Cualquiera que quiera plantear eso en cualquier tipo de juicio, como que el juicio civil anuló lo que pasó en el laboral, no es así. El único superior jerárquico es la Corte de Apelaciones, no un par. Además, en este caso la Corte de Apelaciones ratificó la condena del Juzgado Civil que acredita los hechos denunciados en esa causa”, sentenció.

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