Justicia confirma condena a ABCDIN por mantener en Dicom a clientes que renegociaron sus deudas
La empresa tendrá que pagar indemnizaciones a las personas que resultaron afectadas. También tendrán que eliminar los registros de morosidades, protestos y también deberán declarar nulas las cláusulas contractuales que permitían que tomaran esta determinación.
En febrero de este año, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) presentó una demanda colectiva en contra de la firma Créditos Organización y Finanzas S.A. (COFISA), actual administradora de la tarjeta ABCDIN, a causa de que los clientes que habían repactado voluntariamente sus deudas continuaban en Dicom.
COFISA mantenía en el boletín comercial a estas personas, y avalaba ese actuar al plantear que en un convenio de pago que le hacía firmar a estos consumidores que aceptaban la repactación o renegociación, se afirmaba que el firmante supuestamente aceptaba que no sería eliminado de sus antecedentes comerciales y o financieros hasta el pago de la última cuota.
O sea, aunque se renegociara la deuda, la empresa los mantenía en Dicom.
En diversas instancias de la justicia, se declararon nulas estas cláusulas que permitían que esta situación se perpetuara, y ordenó a la firma eliminar de los registros de morosidades y protestos a los consumidores afectados. Además, determinó el pago de 11 millones de pesos por haber infringido la Ley de Protección al Consumidor.
Todo esto, finalmente en esta jornada fue ratificado por la Corte Suprema.
“Cuando un consumidor repacta una deuda rigen nuevas condiciones y plazos, por lo que no se justifica que se mantenga al consumidor en ningún registro de morosidad, lo que ha quedado demostrado en esta decisión de la justicia y en otros que se han fallado recientemente”, enfatizó el director nacional del Sernac, Ernesto Muñoz.
Las indemnizaciones consideran a dos grupos de consumidores: a los que habían pagado o estaban en ese proceso, o los que aún no lo hacían al momento de la presentación de la demanda colectiva.
Los pagos se dividen de la siguiente manera:
– 30 mil pesos para aquellos afectados no eliminados de los registros comerciales dentro de un período de hasta 24 meses anteriores a la presentación de la demanda.
– 22 mil pesos para los clientes afectados no eliminados en un período superior a 24 e inferior a 48 meses.
– 15 mil para los consumidores no eliminados en un período superior a 48 e inferior a 60 meses anteriores a la presentación de la demanda.
Para quienes no habían pagado o estaban en vías de ello, la justicia determinó una indemnización de 3 mil pesos desde la fecha de la presentación de la demanda hasta 60 meses anteriores.