Las claves de la querella contra Piñera por inversiones de Bancard en pesquera peruana
Los delitos que se le imputan al ex mandatario son uso de información privilegiada, negociación incompatible y se consideran sanciones al “empleado público que, haciendo uso de un secreto o información concreta reservada, de que tenga conocimiento en razón de su cargo, obtuviere un beneficio económico para sí o para un tercero”.
Lejos aún está de terminar la tormenta política que se desató al revelarse la inversión de Bancard, firma vinculada al ex presidente Sebastián Piñera en una pesquera peruana en pleno juicio marítimo ante La Haya.
Si bien en esta jornada se rechazó la conformación de una comisión investigadora en la Cámara de diputados, el parlamentario del Partido Comunista, Hugo Gutiérrez, presentó una querella en contra del ex mandatario por esta misma materia.
En el escrito, al que tuvo acceso El Dínamo, menciona a Exalmar, la pesquera peruana, como la sexta mayor de su país, y afirma que Piñera ingresó a su propiedad “mientras se desempeñaba como Presidente de la República y en medio del juicio internacional que enfrentó a Chile y Perú ante la Corte Internacional de Justicia”.
Esto lo hizo poco después de que la firma se abriera a bolsa a través del Fondo de Inversión Privado Mediterráneo (FIP). En esta punto se menciona que esta última firma realizó un contrato de venta futura (forward) en el 2009 por 5 millones de dólares con CB consultorías y proyectos, empresa vinculada a Manuel Cruzat y que significó el involucramiento del ex Presidente en el caso Penta.
Son 50 mil kilómetros cuadrados que se adjudicó Perú tras el fallo de la Corte Internacional de Justicia el 27 de enero del 2014 y según la querella “no sólo benefició las aspiraciones territoriales y económicas peruanas. También podría favorecer a futuro la posición accionaria de una serie de grandes y reconocidos inversionistas chilenos, entre los que se encuentra el ex Presidente”.
Las inversiones de Piñera, según el escrito –que sugiere que la materia sea conocida por el Cuarto Juzgado de Garantía- aparecen por primera vez en esta empresa el 15 de agosto del 2012, sólo cuatro meses antes de los alegatos en el Palacio de la Paz, en Holanda.
En esa fecha, una junta de accionistas de Exalmar revela que el FIP Mediterráneo 2tenía el 1,7% de la pesquera (…) cuatro años después, Piñera ha seguido aumentando su participación hasta el 9,10%, pero con otro vehículo de inversión: Bancard International Investment, una sociedad con domicilio legal en las Islas Vírgenes Británicas”.
El escrito especifica que la administradora Bancorp S.A. se compone por las siguientes personas: Juan Sebastián Piñera Morel, María Cecilia Piñera Morel, Cristóbal Piñera Morel, Miguel Juan Sebastián Piñera Echeñique, María Cecilia Morel Montes y Magdalena María Piñera Morel.
Ellos “acordaron en Sesión Extraordinaria de Directorio el día 10 de marzo de 2010 traspasar poderes de administración del Fondo de Inversión Privado a Teresa Magdalena Piñera Echeñique y a Juan Sebastián Piñera Morel, entre otra gente cercana al grupo familiar”.
Entonces, la administradora Bancorp “de la que cuelga el FIP Mediterráneo, es controlada por Inversiones Santa Cecilia S.A. e Inversiones Bancorp Limitada. En esta última sociedad, según registros de Dicom (presentados en el escrito), el ex Presidente Sebastián Piñera sí tiene participación accionaria, mientras que en Inversiones Santa Cecilia S.A. participa, según los mismos registros, a través de Bancard Limitada”.
El ex presidente, según la acción penal, cometió el delito de uso de información privilegiada, al haber ejercido como mandatario de Chile en pleno proceso contra el Perú. Esto porque “una de las empresas controladoras de sus inversiones Bancorp S.A. en donde son socios todo su núcleo familiar (cónyuge, hijos e incluso su hermano), manejaba el ‘Fondo de Inversiones Privado Mediterráneo’ con la empresa pesquera peruana Exalmar, en donde se registran inversiones de esta empresa ya en agosto de 2012, en pleno litigio marítimo y con el señor Piñera recibiendo información estratégica de los escenarios posibles de pérdida o no de territorio marítimo chileno en beneficio no sólo de Perú y su poder soberano, sino que con más exactitud a favor de las empresas pesqueras peruanas que explotan los recursos naturales en esa y otras zonas de las costas del país limítrofe”.
El delito de uso de información privilegiada considera “penas de presidio menor en cualquiera de sus grados”, pero también se considera que cualquier empleado público que “directa o indirectamente se interesare en cualquiera clase de contrato u operación en que debe intervenir por razón de su cargo, será castigado con las penas de reclusión menor en su grado medio, inhabilidad absoluta temporal para cargos, empleos u oficios públicos en sus grados medio a máximo y multa del diez al cincuenta por ciento del valor del interés que hubiere tomado en el negocio”.
Para Gutiérrez, de acuerdo a su querella, “es evidente que el (entonces) Presidente de la República, jefe de las relaciones internacionales, se interesó en una operación que indirectamente debe intervenir en razón de su cargo”.
Además, en este sentido, se sugiere que Piñera tenía, en su calidad de Presidente, accedo a información privilegiada en el contexto del litigio contra el Perú, por tanto “razonablemente se puede afirmar que la información contenida en las minutas de reporte de los abogados litigantes hacia la Presidencia fueron utilizados para ayudar al ex Presidente a tomar decisiones sobre el efecto que tendría un posible escenario favorable a Perú y la compra de acciones de Exalmar”. O sea, a juicio de Gutiérrez, Piñera se benefició personalmente y a su familia con información estratégica y privilegiada.
Revisa a continuación la querella.