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4 de Febrero de 2017

BID advirtió en 2015 a Chile sobre debilidades para enfrentar desastres

El 2014, el organismo realizó el Indice de Gobernabilidad y Políticas Públicas en gestión del riesgo de desastres (IGOPP), el que mide variables relacionadas con las políticas y acciones que se puedan tomar ante una emergencia.

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El 2014, el Banco Interamericano del Desarrollo (BID) diseñó el Indice de Gobernabilidad y Políticas Públicas en gestión del riesgo de desastres (IGOPP), el que mide variables relacionadas con las políticas y acciones que se puedan tomar ante una emergencia.

En ese entonces, Chile se ubicó en sexto lugar con un nivel de cumplimiento promedio de 28,57%, el que equivale a un nivel “insatisfactorio de condiciones de gobernabilidad para la gestión del riesgo, según los niveles de calificación establecidos para el índice”, consignó La Tercera.

Dentro de las conclusiones del documento, que se dieron a conocer en 2015, a nuestro país dedicaron una serie de advertencias sobre debilidades normativas y falencias locales para enfrentar este tipo de catástrofes. Así, a pesar de haber vivido el terremoto 8,8 del pasado 27 de febrero de 2010, se instó a cambiar la estructura institucional ligada con el riesgo y los desastres (Onemi) y se elaboró un proyecto de ley, “sin embargo a la fecha no ha sido aprobado ningún nuevo instrumento jurídico que reemplace la estructura actual”. Claro, hasta hoy se encuentra en segundo trámite en el Senado el proyecto que pretende establecer un sistema nacional de emergencia y protección civil y que ingresó al Parlamento en marzo de 2011.

“En el país existen instituciones para el estudio y monitoreo de casi todos los fenómenos naturales como Sernageomin, Ovdas, la Dirección Meteorológica de Chile, la Dirección General de Aguas MOP, el Servicio Hidrológico y Oceanográfico de la Armada (SHOA) y el Centro Sismológico Nacional, sin embargo las debilidades normativas llevan a un marco institucional que no alcanza un nivel adecuado de cobertura e integración de la información sobre amenazas y vulnerabilidades”, consigna el matutino.

En ese sentido, el documento señala que la falta de un marco normativo e institucional impide el desarrollo de procesos suficientemente profundos de evaluación del potencial de amenaza, destacando que justamente en términos de identificación y conocimiento del riesgo (IR) el estudio arroja un 19% de indicadores cumplidos.

Respecto a la información de vulnerabilidad y especialmente territorial, que permita pasar de la información estadística a criterios integrados que faciliten la toma de decisiones, el BID afirma que es “insuficiente en el país”.

Sobre la “Protección Financiera”, Chile está en un nivel ubicado en el rango “bajo”, con un cumplimiento del 5%, considerando que si bien cuenta con la autorización para utilizar recursos del presupuesto anual para la atención de emergencias, pero hasta por un monto no superior al 2% del gasto aprobado por la Ley de Presupuestos, “el país podría diseñar e implementar una estrategia de gestión financiera del riesgo de desastres que incorpore varios instrumentos de retención y transferencia del riesgo, con el fin de complementar los instrumentos vigentes”.

“En relación a la existencia de fondos habilitados para financiar actividades ex ante, el país dispone de disposiciones presupuestarias que le permiten asignar recursos a dichas actividades, pero no con Fondos para dicho propósito”, añade.

Agregan además que “no se encontró evidencia de la existencia de incentivos presupuestales para que las unidades de gestión territorial y los ministerios de los diversos sectores implementen acciones específicas en gestión del riesgo de desastre”.

“Se puede aseverar que la falta de una legislación moderna y habilitadora -en el sentido de que fomente la participación y establezca responsabilidades- se convierte en un sensible factor de limitación para un avance más sostenido en lo existente, y para un abordaje más claro en donde los avances son menores o inexistentes”, agrega.

El Plan Nacional de Protección Civil del 2002 “fue aprobado por un decreto, pero de forma indicativa. Esto le da un carácter de recomendación y no es de cumplimiento obligatorio tanto para la Onemi como para otras dependencias sectoriales”.

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