La estrategia de la defensa de Ortega a horas del veredicto del caso Nabila: “Esto termina en la Suprema”
Este martes 18 de abril el Tribunal de Coyhaique dictará sentencia, pero para que termine por completo este proceso falta todavía mucho. Revisa aquí lo que puede pasar.
“Todos coincidimos en que esta causa va a terminar en la Corte Suprema”. De esa forma Ricardo Flores, uno de los integrantes del equipo de defensores de Mauricio Ortega, grafica la situación que enfrentará uno de los juicios más mediáticos de este 2017.
Culmina un mes de alegatos que buscan esclarecer la culpabilidad o inocencia de la ex pareja de Nabila Rifo, la mujer que fue encontrada en el suelo de la intersección de las calles Lautaro con Monreal, en Coyhaique, región de Aysén, al borde de la hipotermia y sin sus globos oculares.
El país entero se remeció ante la brutalidad de este crimen, por el cual el Ministerio Público solicitó en contra de Ortega 29 años de cárcel efectiva. Se afianzaron movimientos que erigieron a Rifo como una representante de la violencia contra la mujer, que tantas sufrieron y han sufrido en Chile, con el convencimiento de que ninguna debe pasar por lo que pasó Nabila. Nunca.
El femicidio frustrado no es la única imputación que enfrenta Ortega. El “quántum” de la pena que solicitó la Fiscalía en contra del acusado está también compuesto por otros tres delitos, que en total, por la solicitud del ente persecutor, suman los 29 años de prisión que se pidieron. Asimismo, tal y como Flores manifestaba al inicio de esta nota, este proceso penal bajo ningún punto de vista concluirá con la lectura del veredicto, que se espera sea pronunciado por el Tribunal de Coyhaique este martes 18 de abril. El trecho es todavía largo hasta que se pueda decir que este caso concluyó.
El Dínamo conversó con Flores, vocero del equipo de la Defensoría Penal Pública, para tener en consideración y enumerar la mayor parte de los factores que provocarán que todo se extienda mucho más allá de este martes. También se discutieron algunos antecedentes del caso, los ilícitos en concurso, y se trató la publicidad del juicio y las acusaciones de machismo que han enfrentrado como defensores.
Este medio realizó la misma invitación al Ministerio Público, que a través de su departamento de comunicaciones de la región de Aysén, declinó a sumar su voz para esta publicación.
Los delitos en juego
El que se percibe como el cargo más grave que enfrenta el acusado es el de femicidio (u homicidio) frustrado. Básicamente se acusa que Ortega intentó matar sin éxito a Rifo. Solo ese delito considera 12 años y 183 días de cárcel. Además, el Ministerio Público sumó para lo ocurrido ese 14 de mayo el delito de lesiones graves gravísimas, el que figura como “mutilación reiterada en grado consumado”. Eso es la extracción de los ojos de Nabila Rifo. Por ello se piden 15 años.
Los representantes de Ortega se califican a sí mismos como una defensa técnica, y enfatizan en que el derecho penal es sumamente técnico, lo que complejiza la explicación de todos estos escenarios. Ricardo Flores asegura que para que exista un femicidio frustrado, debe haber existido un “dolo” o intención homicida. O sea, debe haber existido intención de matar, lo que a su parecer, si el tribunal condena por este tipo de homicidio, el delito de mutilación se debiera anular.
“Si esto fuera mutilación o pérdida de un miembro importante, se supone que lo que yo querría, en este caso hipotético, es que esta persona sufriera siendo ciega. Que sufra lo más posible estando viva. Esa sería mi intención. Ahí está el dolo directo. Ese dolo directo es incompatible con matar. Si la mato, no la hago sufrir el resto de su vida como ciega”, manifiesta. Y al ser consultado si acaso se está adivinando esa “intención” de parte de un imputado X, ya que no ha confesado ser autor del hecho, Flores afirma que “el ánimo se analiza ‘in re’, latín para ‘la cosa’. En otras palabras, habían otras formas, en este caso hipotético, más fáciles para matar… más que sacar los ojos”. Para la Defensoría, ese acto daría a entender que la intención no era asesinar. Con esa premisa, aseguran que si es que se condenara por la mutilación, no se debería condenar por el femicidio frustrado.
A todos los hechos de ese cruento episodio también se suma uno anterior, del 5 de junio del 2015, en el que Ortega figura rompiendo dos puertas de la casa de Rifo en ese momento. Allí le habría gritado que la mataría y que le iba a quemar la casa. Ahí se suman dos delitos más. Son 300 días por el delito de amenazas en el contexto de Violencia Intrafamiliar y 540 días por violación de morada violenta, o daños. Eso configura el total de 29,8 años de cárcel solicitados.
La postura de la defensa es que el delito de amenazas, el que describen como delito subordinado consistente en “la producción de un mal futuro, pero cierto, en un tiempo próximo”, en caso de que se condenara a Ortega por femicidio o por mutilación, sería “absorbido” por el crimen más grave.
Ahora, con todo “sobre la mesa” existen múltiples posibilidades: podrían eventualmente absolver por todo, condenar por todo, o declarar la inocencia de Ortega en algunos delitos y en otros no, y ahí la suma podría modificarse si el tribunal estima bajar la cantidad de tiempo asociado a cada cargo (no condenar por los 15 años, sino que por 10, por ejemplo). También, como querellantes particulares –el Servicio Nacional de la Mujer y la Intendencia– pidieron 39 años, elevando el rango de las penas, el Tribunal podría también tomar alguna de estas solicitudes.
Flores (en la foto) afirma que desde lo práctico, finalmente se tomarían los delitos más fuertes, o de cuantía más alta, por el principio de “unificación de condena”.
Incluso, el fallo puede considerar el voto en contra, o disidente, de algún magistrado. El tribunal está integrado por tres jueces, y puede ser que uno de los tres determinó que no se debía condenar, por ejemplo, por el delito de amenazas. “En todo caso, mayoría manda”, acota Flores. No obstante, el argumento del voto en contra podría utilizarse como fundamento para extender el proceso, al presentarse un recurso.
Un largo proceso, de seguro hasta la Suprema
Se avizora que, sea cuál sea el resultado, muy probablemente alguno de los intervinientes –o participantes– en este juicio va a recurrir, o “apelar”. Esta presentación de recursos puede finalmente extender el juicio en la medida que estos sean revisados o conocidos por distintas instancias, como la Corte de Apelaciones de la región de Aysén, o incluso la Corte Suprema.
Los fundamentos para llegar a esos distintos niveles de jerarquía del Poder Judicial chileno son distintos. El recurso que generalmente más se escucha es el de nulidad, la que a su vez en este proceso podría tener dos causales: la infracción de garantías constitucionales del imputado, o la aplicación errónea del Derecho. Éste último pasaría inmediatamente a ser conocido por la Corte Suprema, según Flores.
Primero, esos recursos deben ser declarados “admisibles”, que es que tiene el mérito suficiente para discutirse. Si es declarado admisible un recurso de nulidad, y posteriormente se “acoge” esa nulidad o se “aprueba”, puede incluso volver todo a cero, con un tribunal distinto, pero con las mismas pruebas. Y como todos los intervinientes podrían presentar este tipo de recursos, existe un mínimo de dos y un máximo de tres veces en las que pueda repetirse por completo un juicio.
Si bien Flores precisa reiterada y enfáticamente que no hay ninguna objeción en contra de los jueces que integran el tribunal, efectivamente una posibilidad para esto es eventualmente elevar una queja en contra de alguno de los magistrados. Pero para eso falta todavía tener el fallo a mano, para ver si se fundamenta una medida de estas características.
“Nunca hemos avalado lo que le pasó a Nabila Rifo por el estilo de vida que tuvo”
Para Flores, los delitos de amenazas y daños o violación de morada violenta están en este caso sólo para “ensuciar” a Ortega. Uno de sus argumentos para esto es que estas situaciones son de cerca de un año antes de ocurrido el atroz crimen que afectó a Rifo.
Si bien un frente de este caso es el judicial, donde se rinden las pruebas ante el tribunal, la defensa reconoce que “partimos perdiendo” ante la opinión pública. Y eso se hizo mucho más presente con el interrogatorio de los abogados defensores a Nabila Rifo, el 23 de marzo de este año, cuando entraron en discusión diversos aspectos de la vida personal de la mujer. Ante todo, y pese a las constantes críticas, Flores asegura que jamás la Defensoría Penal Pública ha avalado lo que le pasó a ella bajo ningún punto de vista.
“Según el prisma bajo el cual lo quieras mirar, las preguntas eran necesarias, útiles y pertinentes. En cambio, como la opinión pública partió condenándonos, cualquier pregunta que formulemos es una opinión machista”, afirma Flores, el que considera que la publicidad del juicio los perjudicó. “Se está buscando un perfil para ensuciar a Mauricio Ortega, de alguna manera de buscar un culpable rapidito y cortito. Si además me cuadra con un perfil de búsqueda, mejor todavía. Todos han buscado ganancias con esta causa. Todos. A nivel político, social, por adhesión. Todos han lucrado de alguna manera con el sufrimiento de Mauricio Ortega y de Nabila Rifo”, critica el defensor, quien plantea un ejemplo: “Yo puedo ser muy machista, pero no tengo por qué ser homicida, o andarle pegando a las mujeres. Hasta el momento yo no he visto, no conozco, a ningún violador de Derechos Humanos, y que a su vez, por su condición de violador de Derechos Humanos, sea un mal padre, o que le pegaba a su mujer o abusaba de sus hijos (…) No hay ninguna conexión de lo uno con lo otro. Lo que hacen con el tema del machismo, es generar esta perspectiva: ‘si es machista, él fue. La prueba no interesa. Para eso es machista. Y si no fue… fue otra cosa que ya hizo y tiene que pagar igual’. Eso es un poco la perspectiva que se está dando”.
La pertinencia del interrogatorio a Rifo, cuya publicidad impactó a todo un país, Flores la explica con los antecedentes que han tenido a mano en la carpeta investigativa del Ministerio Público. Esto, porque en la mujer se encontró ADN el día de la agresión, y ese material genético no corresponde ni a Ortega ni a ninguna de las parejas con las que se cotejó a lo largo de la indagatoria. Con las preguntas se intentó establecer si esto pertenecía a algún conocido, cercano, pareja o ex pareja de la mujer, sin hacer ningún juicio de valor, según Flores, para eventualmente apuntar a algún sospechoso del brutal hecho, que incluso podría también haber sumado una agresión sexual.
Finalmente la defensa asegura que como el ADN no coincide con ninguna de las personas en la causa, estiman que se excluiría del crimen al acusado, al menos a nivel genético.
Para Ricardo Flores quienes han instrumentalizado el interrogatorio “son gente que no conoce la causa. Nosotros nunca hemos dicho que Nabila llevaba una vida licenciosa. Lo que yo quiero saber, frente a la pregunta, es si hubo una agresión sexual. En la declaración que se dio ante el juzgado, y en las dos declaraciones ante los fiscales, ella dice: yo no sufrí agresión sexual. Por tanto, la posibilidad es, alguien conocido, con quien tuvo relaciones, o lo otro, lo que nosotros sostenemos, que es un desconocido”.