Servel publica “el mínimo de adherentes” para presentar candidaturas independientes
Además, se informó la cantidad de consejeros regionales que se deben elegir por circunscripción provincial.
A través del Diario Oficial, el Servicio Electoral (Servel) dio a conocer cual es la cantidad mínima de patrocinantes para quienes deseen presentar una candidatura independiente a cargos de representación pública para las próximas elecciones del 19 de noviembre.
Presidente de la república: de acuerdo al artículo 13 de Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, que dice que no deberá ser inferior al 0,5 por ciento de los que hubieren sufragado en la anterior elección de diputados, es decir, 33.493 ciudadanos adherentes.
Senadores o Diputados: según el artículo 10 de la citada ley, y requieren del patrocinio de un número de ciudadanos igual o superior al 0,5 por ciento de los que hubieren sufragado en el distrito electoral o en la circunscripción senatorial, según corresponda y que en esta oportunidad consideran los escrutinios de las elecciones del 17 de noviembre de 2013.
Consejero regional: según el artículo 89 de la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, éstas deberán ser patrocinadas por un número no inferior al 0,5 por ciento de los electores que hayan sufragado en la votación popular más reciente en la circunscripción provincial respectiva, que en este caso corresponden al escrutinio general y la calificación de las elecciones de concejales realizadas el 23 de octubre de 2016.
En tanto, los independientes que se postulen, integrando pactos o subpactos, no requieren de patrocinio.
En dicha publicación, el Servel, dio a conocer además la cantidad de consejeros que deberán ser escogidos, siendo la Región Metropolitana la que tendrá mayor cantidad, con 34; seguido por las regiones de Valparaíso y Bíobio con 28; y a nivel nacional un total de 278.