Revelan fallo que negó el desafuero a De Mussy y que se puede convertir en un dolor de cabeza para la Fiscalía
El documento confirma el desafuero del diputado Felipe de Mussy en el marco del denominado caso Penta puesto que “los hechos de la investigación no fueron denunciados (por el Servicio de Impuestos Internos)”.
El pasado 19 de mayo, en fallo unánime, la Corte de Apelaciones descartó desaforar al diputado UDI Felipe de Mussy a raíz de la investigación en su contra en el caso Penta, por emitir una boleta por siete millones de pesos a una de las empresas del holding que encabezan Carlos Alberto Délano y Carlos Alberto Lavín.
En ese entonces, el ministro Miguel Vásquez, aseguró que la decisión del tribunal se basó en que “los hechos de la investigación no fueron denunciados (por el Servicio de Impuestos Internos)”.
La mañana de este miércoles, la Corte dio a conocer el texto de la decisión en que se decidió no dar curso al desafuero del parlamentario gremialista.
En el documento, precisamente en el punto 14, de las consideraciones del voto de mayoría de la Corte, que resolvió a favor de De Mussy por 22 votos contra 4, consigna que “el SII no ejerció la acción penal que habilite poner en movimiento al órgano jurisdiccional, faltando, entonces, un requisito de procedibilidad, lo que impide la existencia de un proceso criminal en contra del imputado y conduce al rechazo del desafuero solicitado”,
El punto 10 sostiene que “no es un dato menor la circunstancia de que en su denuncia el SII señale expresamente que -en relación a las personas excluidas- ejercería “oportunamente las acciones legales correspondientes” (…) pues con ello evidencia que hará en el futuro uso de las facultades que su Ley Orgánica le confiere en orden a decidir en cada caso la responsabilidad que haría efectiva”, reveló La Tercera.
Llama la atención que Miguel Velásquez incluyó una prevención suscrita, a la que se adhirió también el ministro Omar Astudillo, donde señala explícitamente que “no hay duda de que el único titular para dar inicio a una denuncia o querella por delito tributario es el SII” y que “no sólo debe contener los hechos ilícitos concretos que se atribuyen al querellado o denunciado, también debe contener la individualización específica de este último; esto es, debe ser nominativa”.
Este punto en particular podría tener efectos en las causas contra los senadores Jorge Pizarro (DC) y Fulvio Rossi (ex PS), puesto que contraviene a la tesis de que la Fiscalía puede formalizar a quienes no estén directamente querellados o denunciados por el SII. A esto, se suma que la defensa de quienes ya han sido formalizados en casos por financiamiento irregular de la política sin tener una querella de parte del servicio, podrían solicitar no perseverar en las investigaciones o el sobreseimiento de causas.