Tribunal Constitucional aclara que parlamentarios pueden recibir créditos de BancoEstado
La entidad explicó que no se trata de un contrato celebrado con el Estado propiamente tal.
A través de una declaración pública, el Tribunal Constitucional (TC), zanjó la controversia en torno a las prestaciones de crédito bancarios para financiar campañas electorales de candidatos al Congreso, específicamente por parte del Banco Estado.
“Un contrato de crédito bancario de este tipo, regulado especialmente y afecto a fines exclusivos de financiamiento de campaña, tema cuyo control y fiscalización corresponde al Servicio Electoral, claramente no es de aquellos contratos celebrados con el Estado a los cuales se refiere el artículo 60 de la Constitución, que pueden inhabilitar y hacer cesar en el cargo a un parlamentario en ejercicio”, explica la carta firmada por el presidente de la entidad, Iván Aróstica.
Bajo ese argumento, BancoEstado sí puede otorgar créditos bancarios, dado que no se trata de un contrato celebrado con el Estado propiamente tal.
El TC establece que”no habiéndose aperturado un proceso por alegaciones de inhabilidad respecto de algún parlamentario en concreto y por ende no existiendo sentencia que la declare, no corresponde ni procede jurídicamente dar por establecida inhabilidad alguna”.
El conflicto se originó cuando el senador y candidato presidencial, Alejandro Guillier, pidió un millonario crédito para costear su campaña. La respuesta negativa de BancoEstado se basaba en que “existe una disposición legal vigente —consagrada en el artículo 60 inciso segundo de la Constitución Política—, que sanciona con la cesación en el cargo a los parlamentarios que celebren contratos con el Estado”.
En medio de esa discusión, la entidad bancaria informó que desde 1995 se decidió abstenerse de realizar operaciones crediticias con diputados y senadores. Pese a eso, actualmente hay cinco diputados que mantienen algún tipo de vinculación contractual con BancoEstado.