Sernac oficia a Latam por cancelación y reprogramación de vuelos tras huelga
La institución pidió antecedentes respecto de la cantidad de usuarios que eventualmente se podrían ver afectados y las medidas de compensación.
Un plazo de 10 días tiene LATAM para informar al Sernac, en detalle, los alcances de las medidas preventivas que anunció en su sitio web para minimizar los efectos de la huelga del Sindicato de Tripulantes de LAN Express, que comenzó hoy.
El Director Nacional (S) del Sernac, Andrés Herrera, explicó que, si bien se trata de un conflicto laboral, la empresa debe ser profesional, lo que implica que debe tomar todas las medidas que estén a su alcance para evitar o minimizar los efectos negativos que tendrá este evento entre los pasajeros.
La autoridad resaltó que tanto el Código Aeronáutico como la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC) establecen que los pasajeros tienen derecho a que se le respete el servicio ofrecido, se reagenden sus vuelos o se devuelva su costo frente a la postergación o cancelación de un viaje.
Las compañías aéreas deben informar clara y oportunamente a sus clientes sobre los pormenores de la evolución de las suspensiones de vuelos y contar con planes de contingencia para este tipo de eventualidades, entre otras medidas, además de compensar a los consumidores, cuando ello proceda.
Herrera señaló que los consumidores tienen el derecho a recibir información adecuada y actualizada de parte de las empresas cuando ocurren este tipo de situaciones, para poder prevenir y planificar adecuadamente o reprogramar un viaje.
Los pasajeros tienen derecho a reprogramar sus vuelos ante situaciones como las descritas, y, además, cuando el atraso es de más de tres horas, el consumidor tiene derecho a que se le devuelva todo el valor del pasaje, y desde ese punto de vista, que no se le produzca un perjuicio económico.