Compensación de los 7 mil pesos representa un alto porcentaje de ganancias obtenidas por la colusión
Cifra se desprende de los informes elaborados por la Fiscalía Nacional Económica que situaron entre US$ 110 millones y US$ 213 millones las utilidades de CMPC Tissue entre 2000 y 2011.
¿Fue un buen negocio la colusión del tissue para CMPC? De acuerdo a publicaciones de prensa de enero de 2017, basadas en los informes encargados por la Fiscalía Nacional Económica (FNE), la compañía del grupo Matte habría ganado hasta US$ 400 millones entre los años 2000 y 2011 como consecuencia de la colusión en el mercado del papel higiénico. Si consideramos que pagó US$ 150 millones como compensación a los consumidores, entonces se habría quedado con más del 60% de los beneficios.
Pero la sentencia definitiva del Tribunal de la Libre Competencia (TDLC) dice otra cosa. Si bien la FNE presentó tres informes con escenarios posibles de ganancias, el Tribunal descartó de plano uno de ellos, precisamente el que apuntaba a los US$ 400 millones, advirtiendo en su fallo que dicho informe “presenta algunas inconsistencias que sugieren una sobre-estimación de sus resultados”.
De esta forma, el fallo del TDLC tomó dos estimaciones: una equivalente a cerca de US$ 110 millones y otra en torno a los US$ 213 millones. Ambas se refieren a los beneficios totales que habría obtenido CMPC en el período de la colusión, pero los expertos coinciden en que no toda la utilidad es consecuencia de la colusión. “Son productos de primera necesidad que las personas igual iban a comprar y pagar un precio por ellos, independiente de la colusión, por lo que al menos un porcentaje de esa ganancia, por definición, sí es legítima”, opina un entendido.
La mesa de negociación de la compensación que lideró el Sernac y que integraron organizaciones de consumidores y la misma CMPC, estimó en cerca de 80% el porcentaje de ganancias ilegítimas de la colusión para esta compañía.
Según indicó el Sernac cuando se informó el acuerdo, “la cifra acordada corresponde a casi 6 veces la multa máxima a la que se hubiese expuesto la empresa en caso de no haber existido la delación compensada, recursos que hubiesen sido a beneficio fiscal, y que hoy, se traducen en una compensación directa y en dinero a los consumidores afectados”.