Insólito: juez de Santiago desestimó delito de “alunizaje” porque ocurrió en la Tierra
Esto, ya que solicitó al Ministerio Público "antecedentes espaciales" para fundamentar la acusación contra el implicado, a pesar de que el propio imputado reconoció su responsabilidad en lo sucedido.
El pasado 9 de abril se vivió una extraña situación en el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, donde el magistrado Cristián Sánchez desestimó un “alunizaje” que involucraba a un menor de edad, quien robó una tienda comercial en 2016.
Esto, ya que solicitó al Ministerio Público “antecedentes espaciales” para fundamentar la acusación contra el implicado, a pesar de que el propio imputado reconoció su responsabilidad en lo sucedido, consignó La Tercera.
Junto con ello, en su resolución se remitió a la definición literal de la palabra: “Alude a un hecho aeroespacial consistente en detenerse en un cuerpo celeste extraplanetario, específicamente la Luna y, por ahora, ese hecho es física y jurídicamente imposible”.
Así, J.P.C.S. quedó absuelto de la pena de 120 horas de trabajos comunitarios que pedía el Ministerio Público, el cual llegó hasta la Corte de Apelaciones, señalando que el magistrado “asimiló alunizaje con alunizar. Esto es posarse sobre la Luna, desestimando cualquier otra acepción que fuere útil”.
Pero el tribunal de alzada no quiso quedarse atrás y rechazó la resolución de Sánchez, quien además fue inhabilitado, siguiendo su lineamiento y apuntando que “los hechos aceptados descartan en forma racional y palmaria que se tratara de un fenómeno aeroespacial consistente en detenerse en un cuerpo celeste extraplanetario, como se sostiene en el fallo, pues ocurren en un lugar determinado de Santiago, y se realiza mediante el uso de una camioneta que se conduce precisamente por una de las calles de esta ciudad”.
Ante esto, la Defensoría Penal Pública, a través de Octavio Sufán, cuestionó a la Fiscalía Centro Norte, ya que “llama poderosamente la atención que se acuse con un lenguaje que no es técnico y no adecuado para imputar a una persona”. Y es que el involucrado debió ser imputado por robo en lugar no habitado.