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Actualizado el 2 de Agosto de 2018

Confirman libertad para dos nuevos internos de Punta Peuco

Se suman a los otros cinco reclusos condenados por derechos humanos que recibieron el beneficio carcelario. 

Por Redacción EL DÍNAMO
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La Corte Suprema confirmó las sentencias dictadas por la Corte de Apelaciones de Santiago, que reconocieron el derecho a la libertad condicional de dos condenados por crímenes de lesa humanidad.

Los beneficiados son Emilio de la Mahotiere González y Moisés Retamal Bustos, procesados por casos de violaciones a los derechos humanos durante la dictadura.

Ellos se suman a los otros cinco reclusos del Penal Punta Peuco que recibieron el beneficio carcelario. Se trata de Gamaliel Soto Segura, Manuel Pérez Santillán, José Quintanilla Fernández, Hernán Portillo Aranda y Felipe González Astorga.

“Las Convenciones suscritas por Chile en materia de derechos humanos no impiden reconocer a los condenados su derecho a reincorporarse a la sociedad mediante mecanismos como el de la libertad condicional”, consigna el fallo.

Y agrega que esto “no conlleva desconocer la particular gravedad de los crímenes de lesa humanidad como aquél por el que cumple condena el amparado, sin embargo, tal carácter ya fue considerado para excluir la extinción de responsabilidad penal -y civil- que operaría en delitos comunes, por causales como la amnistía y la prescripción, así como para fijar la cuantía de la pena y, por consiguiente, determinar su cumplimiento efectivo, de manera que, no resulta razonable considerarlo nuevamente, esta vez, para negar de manera absoluta el acceso a la libertad condicional si se han respetado todos los estándares que el derecho internacional ha demandado para tal efecto”.

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