Corte de Apelaciones determina restituir a subcontralora Dorothy Pérez
Bermúdez nombró en esas funciones a la abogada María Soledad Frindt tras declarar “vacío” el puesto por la vía administrativa.
La Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago determinó que Dorothy Pérez debe volver a su cargo de subcontralora General de la República.
La decisión tomada de forma unánime revirtió la determinación del Contralor Jorge Bermúdez, quien removió a su subalterna luego de perder “de manera definitiva la confianza” en Pérez, luego que esta fuera citada por el Ministerio Público para declarar en el marco de la investigación que lleva adelante la Fiscalía en el multimillonario fraude en Carabineros.
Bermúdez nombró en esas funciones a la abogada María Soledad Frindt tras declarar “vacío” el puesto por la vía administrativa.
En su fallo, los jueces Mauricio Silva Cancino, Carlos Gajardo y Elsa Barrientos determinaron que “el controlar dura en su cargo el tiempo que señala la constitución, no pudiendo ser designado para periodo siguiente; el subcontralor, como los demás empleados, tiene una carrera funcionaria y obviamente ellos se mantienen en sus cargos no por un determinado lapso, sino entre tanto no surja una causal legal que importe la necesidad de hacer dejación del cargo”.
Además, agregan que “el contralor al proceder como lo hizo, sustituyó en el hecho al tribunal llamado por ley a conocer del juicio de amovilidad, que debe ser tramitado en le forma que se sigue contra los ministros de los tribunales superiores de justicia y por las causales señaladas para los ministros de la Corte Suprema, esto es de acuerdo con las normas que establece al efecto el Código Orgánico de Tribunales, de suerte que la declaración de vacancia del cargo de subcontralor equivale a la declaración que debía emanar del tribunal competente y que, en su caso, debía cumplir el presidente de la república”.
Finalmente, sentencian que “de esta manera, se configura, el concepto de estos jueces, la infracción a la garantía constitucional, según la cual nadie puede ser juzgado por comisiones especiales”.
Cabe consignar que este es una fallo de primera instancia, por lo que Bermúdez podrá recurrir a la Corte Suprema para revertir le decisión.