CASA 212: Juzgado rechazó 15 demandas de indemnizaciones por $66.000 millones
El CDE advirtió que este fallo puede ser objeto de recursos que pueden ejercer los familiares para que sean conocidos por la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
El Consejo de Defensa del Estado (CDE) informó que el Tercer Juzgado Civil de Valparaíso emitió sentencia de la causa “Slier con Fisco de Chile”, la cual agrupa a 15 procesos judiciales de indemnización de perjuicios iniciados por familiares de las víctimas del accidente del avión CASA 212, ocurrido en septiembre de 2011 en el archipiélago de Juan Fernández.
El fallo, emitido el viernes pasado, rechazó todas las demandas interpuestas por los familiares, lo que se traduciría en un ahorro fiscal de más de 66.000 millones de pesos, y ratificó que la caída de la aeronave se produjo de manera fortuita, por lo que descartó la responsabilidad del Estado, defendido en este caso por el CDE.
La presidenta del consejo, María Eugenia Manaud, señaló que “la sentencia es contundente, ya que se hace cargo en forma exhaustiva de los argumentos invocados por los demandantes y acoge la tesis del CDE, que es la inexistencia de falta de servicio por parte del Estado”.
En efecto, el fallo confirma que los reproches alegados por los demandantes no fueron la causa del accidente y tampoco llegaron a constituir factores contribuyentes del mismo.
La resolución sostiene que la aeronave “se encontraba autorizada para operar con punto de no retorno y, a mayor abundamiento, ha quedado demostrado en autos que, al momento de llegar a las cercanías del archipiélago, ésta se encontraba con combustible suficiente, por lo que este punto no representó una actividad peligrosa ni mucho menos causó la caída de la misma”.
En relación a la supuesta falta de preparación y calificación de la comandante, teniente Carolina Fernández, y del piloto, teniente Juan Mallea, la sentencia establece que “la tripulación era la idónea y cumplía con los requisitos para llevar a cabo la operación aérea a Juan Fernández”.
Respecto al sobrevuelo realizado sobre el canal Santa Clara, que no habría cumplido con la altura mínima permitida, el fallo señala que “no existían antecedentes que permitieran a la tripulación estimar que, en el lugar donde ocurrió el accidente y en sus inmediaciones, se estuviera frente a una zona de riesgo”.
En todo caso, el CDE advirtió que este fallo puede ser objeto de recursos que pueden ejercer los familiares para que sean conocidos por la Corte de Apelaciones de Valparaíso. La causa tomó el nombre de Sylvia Slier Muñoz, miembro del equipo de TVN que también integraban Felipe Camiroaga y el periodista Roberto Bruce. En total, murieron 21 personas.