Informe del Ejército: no hay delitos ni se ha transgredido el reglamento en investigación sobre millonario fraude
Esta fue la conclusión de una investigación ordenada por el Comando General de Personal de la Comandancia en Jefe del Ejército el pasado mes de octubre.
Un informe del Ejército de octubre del año pasado afirma que no hay delito ni se ha transgredido el reglamento en los hechos que son investigados por la ministra Romy Rutherford y que han derivado en el procesamiento de ocho altos oficiales, incluyendo al ex comandante en jefe, general (R) Juan Miguel Fuente-Alba por un supuesto fraude de $3.500 millones con los gastos reservados.
Según informa hoy El Mercurio, esa fue la conclusión de una investigación ordenada por el Comando General de Personal de la Comandancia en Jefe del Ejército, a la que se le encomendó la revisión de los antecedentes y leyes aplicables en los viajes de comisiones de servicio de la institución.
En este documento, al que tuvo acceso el matutino, se justifican las devoluciones de dinero de pasajes abultados y las facturas realizadas por la Unidad de Pasajes y Fletes, que para la ministra Rutherford son un ilícito. El período de investigación comprende entre enero del año 1982 y agosto de 2018.
Estos antecedentes llegaron a manos de la jueza y también al Ministerio Público. El fiscal José Morales investiga a los civiles y agencias, además de Fuente-Alba y su esposa, en este caso por el delito de lavado de activos.
A juicio del entonces coronel Alejandro Villagra, hoy general y parte del alto mando, y de la abogada Lisette Granifo, “es lícito que el personal acuda a las agencias de viajes para que conforme a su derecho y sus necesidades proceda a modificar itinerarios o rutas de trayecto, siendo solo de su responsabilidad el pago de multas aplicadas por la línea aérea, por motivos de cambios realizados y que exceden del valor de sus derechos dispuesto al artículo 27, 47 y 56 del Reglamento”, se sostiene en el informe.
El personal comisionado al extranjero “ha cumplido los procedimientos establecidos en el reglamento y cartillas institucionales (de 1993 y de 2013)”.
Lo que se advierte es que “no estaría ajustado a derecho el proceso actual“, porque la sección de Pasajes y Fletes tiene una serie de tareas, que escapan de su competencia, como la entrega directa de pasajes al personal, “lo que riñe con lo dispuesto en reglamento”.
“DERECHO DEL PERSONAL”
“Los saldos a favor correspondientes a los cambios de itinerarios, en conformidad a las necesidades y derechos del usuario, eran entregados al interesado, por cuanto se entendía que no podían ingresar a la empresa, pues la agencia recibiría dos veces dinero por la misma orden (quedándose con el remanente o saldo al momento del canje de la orden y la modificación de itinerarios, y al facturar a la sección de Pasajes y Fletes por el mismo valor de la orden)”, dice el informe legal.
Tampoco se estima procedente que retornara a las arcas del fisco, pues de tales valores “se desprendía el Estado para el cumplimiento de una obligación que consistía en otorgar un derecho al personal, calculado bajo parámetros impuestos por las leyes (reglamentos) y las autoridades, valores consignados en las órdenes para su canje para el titular”, agregan.
A juicio de Villagra, el ingreso doble a la agencia “configuraría fraude al fisco o estafa a la persona comisionada”. Respecto de la devolución al Ejército, asegura que “importaría el enriquecimiento sin causa por parte del Estado”.
Esta sería, a juicio de los investigadores, la razón de por qué centenares de funcionarios designados en comisión de servicio al extranjero en el transcurso de 30 años “hayan procedido bajo la convicción que su actuar se encontraba ajustado a derecho, ya sea porque así lo establecía el reglamento, porque así lo disponía la autoridad competente encargada de emitir las órdenes de pasaje y flete, o así lo indicaban las agencias de turismo”.
Aunque se reconoce que podría haber una “afectación al patrimonio fiscal, en el período comprendido al menos entre 2013 y enero de 2014”. Esto, porque el reembolso en el caso de retorno al país, durante ese período, el personal comisionado recibía las orientaciones desde el extranjero por la sección, la que se reducía a una sola alternativa: “la activación de oficio de un proceso de reembolso desprovisto de hitos de control, proceso en el que no interviene el personal comisionado, de tal forma que no puede verificar la efectividad de haber recibido la totalidad de la cuantía por concepto de reembolso”, afirman.
Además, en el informe se sostiene que la Comandancia en Jefe del Ejército (CJE) ha emitido oficios por cada comisión de servicio, fijando, dentro de las fechas ordenadas por el decreto, las de iniciación de actividades (en el país de destino), de término de actividades en el lugar de destino y al menos tres días entre el término de comisión (fecha de regreso) y la fecha de presentación del personal en la unidad de origen (retorno).
“No resulta extraño encontrarse frente al escenario de que el personal se encuentre ‘vacacionando’ sin hacer uso de su feriado legal, de su permiso administrativo o sin goce de sueldo, por cuanto estamos frente a la inactividad laboral del funcionario público por razones de fuerza mayor (acto de autoridad ejercido por un funcionario público, artículo 45 del Código Civil)“, se concluye en el informe.
ARGUMENTOS PARA LA DEFENSA
Según la publicación de El Mercurio, los argumentos de este informe podrían ser utilizados por las defensas de los procesados. “Han procedido (funcionarios) bajo la convicción de que su actuar se encontraba ajustado a derecho, ya sea porque así lo establecía el reglamento, porque así lo disponía la autoridad competente encargada de emitir las órdenes de pasaje y flete, o así lo indicaban las agencias de turismo”, señala el documento.
“Es lícito que el personal acuda a las agencias de viajes para que conforme a su derecho y sus necesidades proceda a modificar itinerarios o rutas de trayecto, siendo solo de su responsabilidad el pago de multas aplicadas por la línea aérea (por reglamento)”, concluye.