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20 de Mayo de 2019

Ward contra empresas inmobiliarias: “Acá hay publicidad engañosa, en Chile no existen las playas privadas”

La Ley del Consumidor establece que las empresas que difunden publicidad engañosa arriesgan multas que llegan hasta las 1.500 UTM, es decir, cerca de $73 millones. 

Por Redacción EL DÍNAMO
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El ministro de Bienes Nacionales, Felipe Ward, presentó al Sernac 31 casos de avisos publicitarios que ofrecen arriendo o venta de inmuebles y terrenos con “playas privadas”, lo que vulnera la Ley sobre Protección de los Derechos del Consumidor.

Adicionalmente, el ministerio enviará estos antecedentes al Consejo de Defensa del Estado para evaluar la interposición de acciones penales por delito de usurpación consagrado en el Código Penal.

“Acá hay publicidad engañosa, en Chile no existen las playas privadas y así lo establece la legislación. Estamos en contra de los falsos propietarios de lo público”, sostuvo el ministro Ward.

Explicó que la mayor parte de estos anuncios está en las zonas lacustres del sur de Chile. Por eso, las regiones con más avisos detectados son Los Lagos, La Araucanía y Los Ríos. Dentro de esas regiones, los lugares con más avisos son Villarrica, Pucón, Llanquihue y Ensenada.

Por su parte el subdirector del Sernac, Jean Pierre Couchot, señaló que “no es admisible que se ofrezca un acceso o bien que las propiedades tengan una playa privada. La ley del consumidor es clara al decir que la publicidad no debe conducir a error o engaño a los consumidores. En ese sentido, ofrecer una playa privada o un acceso, constituye una publicidad de carácter engañosa”.

El Sernac denunciará ante los juzgados de policía local respectivos a seis empresas respecto de ocho proyectos, pues se consideró que existía un claro incumplimiento a la Ley del Consumidor. Respecto del resto de los casos, el Sernac los analizará con mayor detenimiento para ver si hay infracciones a la normativa.

La Ley del Consumidor establece que las empresas que difunden publicidad engañosa arriesgan multas que llegan hasta las 1.500 UTM, es decir, cerca de $73 millones.

Según el Código Civil, las playas son bienes nacionales de uso público. Esto implica que el dominio y su uso pertenecen a todos los habitantes de la nación. Por lo tanto, no existen las playas privadas.

Adicionalmente, el Decreto Ley Nº 1939 de 1977, en su artículo 13, explicita que “los propietarios de terrenos colindantes con playas de mar, ríos o lagos, deberán facilitar gratuitamente el acceso a éstos para fines turísticos y de pesca cuando no existan otras vías o caminos públicos al efecto”.

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