Suprema cuestionó ampliar tiempo de jueces de alzada en Justicia Militar
Los magistrados entregaron su postura al proyecto de ley antes mencionado y que busca ampliar de 3 a 5 años la permanencia de los ministros de cortes de apelaciones que integran los tribunales castrenses.
El Pleno de la Corte Suprema calificó de improvisación la moción parlamentaria que busca ampliar el periodo de trabajo de los ministros de Apelaciones en la Corte Marcial, esto a raíz del plazo de término que tiene el trabajo de la ministra en visita Romy Rutherford.
Los magistrados entregaron su postura al proyecto de ley antes mencionado y que busca ampliar de 3 a 5 años la permanencia de los ministros de cortes de apelaciones que integran los tribunales castrenses.
Para los supremos el periodo de cinco año es demasiado largo, lo que provocaría un desequilibrio en la distribución de la carga de trabajo, apuntando que hasta el año 1999 la permanencia de los magistrados era de solo un año.
“En ese sentido, el plazo actual de tres años, dada la estructura institucional vigente, parece un adecuado equilibrio entre estabilidad de los criterios jurisprudenciales y la distribución equilibrada de la carga de trabajo. De este modo, al menos desde el punto de vista orgánico, un periodo de integración de cinco años no parece más razonable ni lógico que el existente de tres años”, plantea el informe.
Asimismo, tildó de improvisación el proyecto parlamentario.
“Así las cosas, el proyecto es sólo un ajuste improvisado, que no se hace cargo del real problema de fondo”, consignaron los ministros.
Sobre este aspecto la Suprema sostuvo que “el verdadero problema de fondo que presenta el proyecto son las anomalías del sistema de Justicia Militar, que han justificado la intervención de la Corte Suprema y la designación de ministros en visita, como una forma de compensar las falencias estructurales y procesales de dicho sistema”.
Finalmente, el Pleno de la Suprema sostiene en su informe enviado al Congreso que debe “restringirse la competencia material de los tribunales militares, a un catálogo de delitos exclusivamente militares, expresamente delimitados, donde el bien jurídico protegido y el autor potencial sean estrictamente militares. Si esta reforma pendiente tuviera lugar, entonces la necesidad de visitas extraordinarios desaparecería”, subrayaron los magistrados.